CAMAS

Los promotores de Vega del Rey tendrán que indemnizar ante la imposibilidad de demoler

La junta de compensación y el Ayuntamiento de Camas deberán resarcir a tres propietarios de suelos que no fueron informados del proyecto de urbanización en 2002

Los promotores de Vega del Rey no informaron del proyecto a tres propietarios de suelo, razón por la que el TSJA ordenó reiniciar el expediente, pero ha sido imposible ejecutar la sentencia porque ya se había construido JUAN FLORES
María Jesús Pereira

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El TSJA anuló en 2016 la resolución municipal por la que se creó la junta de compensación Vega del Rey, suelos donde se construyó un parque comercial, viviendas, naves y oficinas. Un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Sevilla consideró imposible ejecutar la sentencia, ya que hubiera supuesto la demolición de todo lo construido, y acordó que en lugar de ejecutarse la sentencia se indemnizara a tres propietarios de casi 4.000 metros cuadrados en la zona, a los que no se les comunicó el proyecto. El Ayuntamiento de Camas, municipio donde se encuentra Vega del Rey, se opuso. Ahora, el juzgado acaba de rechazar la pretensión del Ayuntamiento, por lo que se abre la fase de presentación de propuestas para indemnizar. Los afectados piden cantidades que alcanzan los seis millones de euros.

Los hechos se remontan a 2002, cuando el Ayuntamiento de Camas aprobó el proyecto de estatutos y bases de actuación de la junta de compensación Vega de Triana, promovido por la empresa Solcampo dentro del municipio camero. Se constituyó la junta de compensación sin comunicar el proyecto a tres hermanos propietarios de parte de la finca 2.319, incluida en ese plan.

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Desde 2006, los hermanos solicitaron formar parte de la junta de compensación con esa parcela pero no se les permitió aduciendo que no eran propietarios de ese suelo. En 2008 se inauguró el parque comercial Vega del Rey, promovido por Solcampo, que tiene la mayoría en la junta de compensación.

En 2009, cuando una sentencia de la Audiencia confirmó que esa parcela nunca había dejado de ser de propiedad de los tres hermanos, éstos —representados por Castibel Abogados— solicitaron en el Ayuntamiento de Camas que se anulara la junta de compensación que permitió desarrollar el proyecto. Al recibir por respuesta el silencio administrativo, en noviembre de 2013 los tres hermanos presentaron un recurso ante el Juzgado Contencioso Administrativo 11 de Sevilla para que se anulara la resolución municipal que permitió crear la junta de compensación alegando que la parcela 2.319 no era de Epsa, una empresa de la Junta, sino de ellos desde 1963. Cuatro años después, el 12 de febrero de 2016, el juzgado dio la razón a la junta de compensación y el Ayuntamiento de Camas —los dos demandados— y propone a los tres hermanos que litiguen con Epsa si quieren demostrar la titularidad de los terrenos.

Los tres hermanos no tiraron la toalla y recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que en junio de 2016 respaldó su tesis, anulando la resolución municipal por la que se aprobó la junta de compensación Vega de Triana, «debiendo retrotraerse el expediente al momento en el que deberían haberse practicado las notificaciones personales e individualizadas a los propietarios afectados». La sentencia llegaba cuando ya llevaba funcionando nueve años el parque comercial Vega del Rey y cuando ya se habían construido numerosos edificios de oficinas, viviendas y naves, por lo que la ejecución de la sentencia equivalía a la demolición de todo ello.

La sentencia del TSJA supuso un duro varapalo a la actuación de la junta de compensación y al Ayuntamiento de Camas al afirmar que Epsa no era propietaria de la parcela 2.319, ya que en el Registro de la Propiedad figuraban como titulares los tres hermanos en cuestión, «que no fueron citados ni notificados» por los promotores y el Ayuntamiento de la constitución de la junta de compensación para participar en la tramitación de todo el expediente. El TSJA subrayó que los tres hermanos no pudieron por ello participar en el proyecto de compensación de 2003, en el que se materializó la aportación de fincas por los propietarios, «por lo que se vieron privados de sus derechos urbanísticos sin obtener a cambio contraprestación alguna»

Varapalo judicial

A petición del Ayuntamiento de Camas, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 11 de Sevilla declaró en enero de 2017 la imposibilidad material de ejecutar la sentencia del TSJA porque ya se había urbanizado ese suelo y requirió a las partes a que presentaran sus propuestas de indemnización a los afectados. El Ayuntamiento de Camas presentó a finales de 2017 un escrito en el juzgado manifestando la existencia de un hecho notorio sobrevenido, la imposibilidad de indemnizar porque la parcela 2.319 era de la empresa pública andaluza Epsa.

En febrero de 2018, el mismo juzgado ha rechazado la pretensión del Ayuntamiento de Camas de no indemnizar a los propietarios de esa finca al considerar que no era un hecho nuevo, ya que el TSJA concluyó que los terrenos nunca fueron de Epsa, sino de los tres hermanos. Ese auto no fue recurrido por el Ayuntamiento camero, por lo que el juzgado hizo firme su decisión el pasado 19 de marzo.

Así las cosas, las partes han presentado en el juzgado sus propuestas de indemnización, dispares todas ellas, por lo que el asunto amenaza con continuar judicializado, ya que mientras que la junta de compensación ofrece poco más de 50.000 euros, los propietarios afectados reclaman hasta seis millones de euros.

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