TRIBUNALES

Condenado a doce años de cárcel por abusar de tres sobrinas menores de edad

Los abusos se cometieron en Sevilla entre 2006 y 2015, en la casa en la que el condenado convivía con su mujer e hijos

SEVILLA Actualizado: Guardar
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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de doce años de cárcel impuesta por la Audiencia de Sevilla contra un militar de 32 años destinado a la Base Naval de Rota (Cádiz) por tres delitos continuados de abusos sexuales cometidos contra tres sobrinas suyas cuando las niñas tenían entre 7 y 8 años.

Los abusos los cometió entre los años 2006 y 2015 aprovechando los encuentros familiares en los que coincidía con sus sobrinas menores de edad, según la sentencia, dictada por la sección primera de la Audiencia de Sevilla y facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En la sentencia no se precisa la identidad del condenado, que está en prisión desde el 18 de mayo del 2015, aunque fuentes judiciales han dicho a Efe que se trata de un militar destinado en un buque atracado en la base de Rota.

En la vivienda familiar

Los abusos se cometieron en Sevilla, en la casa en la que el condenado convivía con su mujer e hijos y también en excursiones que realizaba con su coche «con el pretexto de enseñarles a conducir».

Las víctimas, que ahora tienen entre 11 y 18 años, denunciaron lo ocurrido en mayo de 2015 tras el daño que el condenado le hizo a la tercera niña familiar de la que abusaba.

Esta menor contó lo ocurrido a una de sus primas que también había sido víctima de los abusos, y ambas lo comunicaron a otros familiares, a los que dijeron que no habían contado antes estos episodios por temor a no ser creídas y a que su tío les pudiera hacer algo.

Vídeos de contenido pornográfico

El acusado ha coincidido con las menores en momentos y situaciones que incluye la exhibición de vídeos de contenido pornográfico y los tocamientos en sus zonas genitales, señala la sentencia.

Estas situaciones eran propicias para que los tocamientos los pudiera llevar a efecto «de forma inadvertida para los demás», por lo que al tribunal les ofrece credibilidad los testimonios de las víctimas.

La Audiencia condenó al hombre tras llegar al «convencimiento» de que se produjeron las prácticas sexuales, y el tribunal no apreció que las acusaciones se hicieran por resentimiento, venganza, enemistas o cualquier otra intención.

En este sentido, el tribunal recuerda que las madres de las menores han renunciado a todo tipo de compensación económica, lo que descarta «cualquier móvil de intereses» en la denuncia.

La denuncia original de una víctima se produjo tras la confidencia que le hizo su prima menor y para evitar que nadie volviera a padecer abusos.

Otra de las menores expresó sus sentimientos de culpa por no haber dicho nada antes y porque creía que podría haber evitado los abusos a otras niñas, señala la sentencia, que obliga al condenado, tras salir de la cárcel, a no acercarse a las niñas a menos de 500 metros y durante otros cinco.

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