LEY DEL VOLUNTARIADO

A partir de 12 años los menores ya pueden ser voluntarios de una ONG

Será siempre que no se perjudique su formación y con el consentimiento de padres o tutores

La nueva norma promueve la solidaridad desde la escuelaABC

Amalia F.Lérida

Los menores a partir de 12 años ya pueden colaborar en labores de voluntariado gracias a la ley que aprobó en mayo el pleno del Parlamento de Andalucía y que además, y esta es otra novedad, promoverá la solidaridad desde la escuela.

Hasta ahora las personas que querían ser voluntarias de alguna ONG, por ejemplo, tenía que haber cumplido la mayoría de edad . Ahora esos 18 años se amplía hasta los 12, según reza en la Ley 4/2018, de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado.

En concreto, el apartado 2 del artículo 11 destaca que «las personas mayores de 16 años y menores de 18 no emancipadas deberán contar con el consentimiento de sus progenitores, tutores, guardadores o representantes legales».

Más adelante pasa a otro tramo de edad y dice: «Las personas menores de 16 años y mayores de 12 podrán llevar a cabo acciones de voluntariado siempre que éstas no perjudiquen a su desarrollo, formación y escolarización o supongan un peligro para su integridad, y cuenten con la autorización expresa de sus progenitores, tutores, guardadores o representantes legales».

Es decir, los menores deben tener el consentimiento de sus padres o tutores y deberán hacer actividades acordes con su edad y su interés superior protegido siempre por el ordenamiento jurídico.

Por ejemplo, en «Tierra de Hombres» comentan a ABC que el acompañamiento hospitalario es una de las actividades específicas solo de los mayores de edad que no podrán hacer lo menores de 18 años. Esta ONG, que también organiza actuaciones con menores acompañados con sus padres va a adaptarse a la normativa para dar cabida a esos jóvenes.

Tiene como objetivo la atención directa a la infancia necesitada sin distinción de orden político, racial o confesional. Su sede está en Los Remedios en la calle Miño número 10, bajo 2 y el teléfono es 954-28 37 37. También dispone de una página web donde se puede recabar información.

«Save the Children » es otra ONG que estos años atrás solo ha aceptado a voluntarios mayores de edad, «pero para el futuro estamos planificando poder aceptar a los menores que se ajustan a los casos propuestos en la nueva ley», señalan a ABC desde la entidad.

Este colectivo tiene su sede en la calle Imágen número 6, 5ªA y su teléfono es 954- 21 96 43. La ONG lucha por un mundo más justo para todos los niños y su objetivo principal es la defensa activa de sus intereses, especialmente los de los más desfavorecidos .

Hay que resaltar que la citada ley dará cobertura y respuesta a las acciones y actividades que desarrollan más de 450.000 personas en la comunidad andaluza.

La consejera de Igualdad y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, ha recordado que normas como ésta facilitará el desarrollo de acciones de voluntariado tanto a las personas como a las aproximadamente 3.000 asociaciones vinculadas.

Grupos políticos, 238 entidades y asociaciones como la plataforma andaluza y las provinciales de voluntariado, Cruz Roja y Cáritas , entre otras, han respaldo al texto desde sus inicios, cuando comenzó a elaborarse el anteproyecto de la ley.

Otras de las novedades de la normativa es la apertura a nuevos agentes sociales como centros educativos, empresas y universidades.

Esta ley abarca todo el abanico de la actividad solidaria, hasta reconocer un total de 12 modalidades de voluntariado . El objetivo es fomentar el contacto con iniciativas solidarias tanto en la escuela como en contextos de aprendizaje más informales, como los espacios de participación juvenil, dado que estas experiencias a edad temprana son fundamentales para mantener una actividad voluntaria a lo largo de toda la vida.

Por otra parte, la norma incorpora también disposiciones para favorecer el acceso de las personas con discapacidad, los mayores y las que están en situación de dependencia.

También destaca la regulación de derechos y deberes tanto de las personas voluntarias como de las destinatarias, de tal modo que a estas últimas se les reconoce el poder de decisión sobre las acciones que desean recibir.

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