Tribunales

La hija no reconocida del ganadero Benítez Cubero consigue el 1% de la herecia que exigía

Las pretensiones de esta mujer y su abogado eran doce millones de euros, pero el Juzgado de Primera Instancia número dos de Sevilla le otorga 120.000 euros. Además, la condena en costas por un importe superior a 220.000 euros

Hija de Sofía Benítez-Cubero, la demandante de la herencia del ganadero sevillano Vanessa Gómez

Jesús Díaz

A finales del pasado mes de febrero, el Juzgado de Primera Instancia número dos de Sevilla acogía el juicio por la herencia millonaria del ganadero sevillano José Benítez-Cubero . Sofía Benítez-Cubero, reconocida en 2015 por el Tribunal Supremo como hija extramatrimonial del ganadero, demandó a su hermano biológico y también ganadero José Benítez-Cubero Pallarés para exigir lo que consideraba que le correspondía por la herencia recibida por éste de sus padres y sus abuelos, siendo hijo único. Pedía doce millones de euros, pero el juez le ha dado el 1 por ciento: 120.000 euros . Además, la ha condenado en costas a pagar un importe superior a 220.000 euros.

Tras el juicio, el abogado de la demandante, Fernando Osuna, se mostraba muy contento por el desarrollo de la vista oral, lo que le hacía ser optimista de cara a que se estimen sus pretensiones judiciales en favor de su clienta. Sin embargo, la decisión del juez, recogida en una sentencia fechada el 15 de marzo y difundida este viernes 26 por el propio Osuna, supone un varapalo para las aspiraciones económicas del letrado y su clienta .

Fernando Osuna ya ha anunciado que va a recurrir esta decisión de los tribunales, que supone un punto y aparte, de momento, al calvario judicial que viene sufriendo desde 2008 la familia del ganadero, que siempre ha intentado defender sus intereses a través de su abogado Miguel Minguet y alejado de los focos de las televisiones.

«Bastante inferior a lo que reclamaba»

« La 'Cuberita' (como la llama el propio abogado Fernando Osuna) consigue de la Justicia una herencia bastante inferior a lo que reclamaba », ha trasladado el letrado a los medios, quien señala que el juez admite, «incompresiblemente, que es correcto y normal que una persona compre un gran patrimonio a pesar de que lo va a heredar en breve y sin pagar precio, es decir gratis». El Juzgado de Primera Instancia número dos de Sevilla, según ha podido conocer este periódico, no valorar si es correcto o normal esas operaciones, sólo certifica que existió la compra de patrimonio y que éste se pagó al precio correspondiente.

«En el caso de 'la Cuberita' la Justicia no pone pegas a esa ficticia e increíble compra. Es un razonamiento ilógico, sin razón, absurdo y en contra de la realidad», expresa el abogado de la decisión del juez, quien, para el letrado, llena la sentencia con afirmaciones «carentes de sentido».

La parte demandada siempre ha rechazado las altas pretenciones económicas exigidas por Sofía Benítez-Cubero, pues consideraba prescrita la acción de la petición de herencia, así como estimaba que se daba la prescripción adquisitiva de bienes.

Esto es, la familia de José Benítez-Cubero Pallarés considera que todos los bienes que ahora reclama Sofía, vecina de más de 70 años del municipio sevillano de El Coronil , son propiedad del demandado por el derecho de usucapión: cuando una persona, durante un tiempo determinado por ley, ha estado en posesión de un bien de forma pacífica y pública pasa a ser el propietario de la misma por el principio de seguridad jurídica ante cualquier reclamación. Los años mínimos dependen del bien referido.

Rechazó un acuerdo

Subsidiriamente, la parte demandada fijaba en una cantidad muy inferior a la reclamada la cuota patrimonial que le corresponde a Sofía Benítez-Cubero. Durante todo este proceso, que se inició con la pretensión de Sofía del reconocimiento como hija ilegítima del ganadero ya fallecido, han existido conversaciones para intentar alcanzar un acuerdo económico entre las partes que pusiera fin a este litigio patrimonial. La pregunta ahora es si las cantidades puestas encima de la mesa eran superiores a lo que finalmente ha conseguido Sofía en los juzgados.

Según ha podido conocer este periódico, la sentencia estima que los bienes que fueron comprados por el demandado en vida de sus abuelos no pertenecen a las herencias y que fueron «correcta y legítimamente adquiridos» por José Benítez-Cubero Pallarés.

Además, el juez indica que los bienes que han sido comprados por el demandado o la sociedad demandada (Ojuelos S.A.) después de la muerte de sus abuelos no pertenecen a las herencias. La demandante alegaba que algunos de ellos fueron comprados antes de los fallecimientos y la sentencia, en cambio, estima probado que no es así. Precisamente, Sofía ha sido condenada a pagar las costas procesales de esta sociedad demandada, unas costas que superan los 220.000 euros. El saldo final, de momento, de este proceso es negativo para la demandante.

Antes de la Constitución

Del mismo modo, el juez señala que Sofía Benítez-Cubero no tiene derecho a bienes de la herencia de su padre porque este falleció antes de la entrada en vigor de la Constitución Española y entonces los hijos ilegítimos no reconocidos no tenían derecho a heredar .

Respecto de los bienes que sí estima comprendidos en la herencia de los abuelos declara que casi todos han sido usucapidos por el demandado. Por tanto, el importe de la condena deviene de unos bienes que estima el juez incluidos en la herencia de los abuelos pero fueron vendidos por el demandado antes de que transcurriera el plazo para usucapión.

Sofía Reguera Hidalgo era el nombre que recogía el antiguo Documento Nacional de Identidad de Sofía Benítez-Cubero, quien lleva desde 2008 batallando por lo que consideraba legítimo. En primer lugar, ser reconocida hija del ganadero Benítez-Cubero Cañete de Beca, fallecido en 1970 a los 47 años. Esto lo que consiguió en el Tribunal Supremo en 2015.

Once años antes murió la madre de Sofía, Rosario Reguera Hidalgo, quien formó parte del personal del servicio de una de las fincas de los Benítez-Cubero entre 1945 y 1950. Durante aquel tiempo, mantuvo una relación con José Benítez-Cubero Cañete de Beca, fruto de la cual nació Sofía el 10 de mayo de 1950.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación