El abogado de Sortu, Íñigo Iruin, a las puertas del TC. / Efe
elecciones del 22-m

Sortu emplea los argumentos del TC sobre Bildu para pedir su inscripción

La formación calificada por el Supremo como "un instrumento de ETA" basa su defensa en los siete votos discrepantes de la sentencia

MADRID Actualizado: Guardar
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Sortu ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por la decisión adoptada el pasado 23 de marzo por el Tribunal Supremo de prohibir la inscripción de la formación de la izquierda abertzale en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior.

La presentación del recurso ha corrido a cargo del abogado Íñigo Iruin, que ha registrado el escrito en el Constitucional pasadas las 12.30 horas, después de haber intervenido en el Tribunal Supremo en la vista del recurso contra la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió al exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi del delito de enaltecimiento del terrorismo por su intervención en un mitin en el velódromo donostiarra de Anoeta el 14 de noviembre de 2004. Iruin fue quien presentó públicamente en Bilbao los estatutos de Sortu y quien defendió a la formación en la vista de las demandas contra su inscripción como partido presentadas por el Gobierno y la Fiscalía ante la Sala del 61 del Tribunal Supremo.

Ilegalización preventiva

Sortu emplea en su recurso los argumentos que este mismo órgano alegó para permitir la presencia de Bildu en las elecciones del 22-M y pide que se tengan en cuenta para revocar la decisión del Tribunal Supremo (TS) de prohibir su inscripción como partido político. La formación abertzale indica en este sentido que la decisión del Supremo "supone una 'ilegalización preventiva' que pone en riesgo al propio Estado constitucional", tal y como el TC aseguró en la sentencia sobre Bildu, coalición formada por Eusko Alkartasuna, Alternatiba e independientes abertzales.

"La pretensión de asegurar a ultranza, mediante controles preventivos, la seguridad del Estado constitucional pone muy en primer lugar en riesgo al propio Estado constitucional", decía textualmente el TC en esa resolución, en la que además consideraba "desproporcionada" la anulación de las listas de Bildu acordada por el Supremo. Sortu también cita la sentencia para recordar que, tras las últimas reformas legislativas -en palabras del Constitucional, "relevantes modificaciones que no pueden desconocerse ni dejar de ser tomadas en consideración"-, el Estado tiene mecanismos para actuar contra los partidos en los que se aprecie connivencia con ETA durante todo el mandato electoral.

"Estos nuevos mecanismos legales dotan al Estado de Derecho de una capacidad de respuesta de tal intensidad e inmediatez que el riesgo para el sistema democrático español se ve sensiblemente reducido respecto de la situación anterior, cuando no totalmente desaparecido", agrega el recurso en respuesta a la "seria y objetiva amenaza para la democracia española" que el TS apreció en Sortu.

Esta formación, que según el Supremo no es más que un nuevo "intento de fraude" de ETA y Batasuna para volver a las instituciones, considera que el TS llegó a esta conclusión sólo a partir de la presencia de miembros de la izquierda abertzale en su seno y de la valoración "parcial" de ciertos documentos aportados a la causa. "Como máximo podía admitirse como acreditado que el designio defraudador de ETA y los partidos ilegalizados les hubiera llevado a pretender constituir un nuevo partido político a su servicio, pero lo cierto es que los elementos objetivos y subjetivos utilizados por la sala (...) no permiten concluir en términos constitucionalmente exigibles que esa pretensión se haya materializado", añade.

Sospechas y convicciones, no en certidumbres

El recurso también estima "inadmisible" que el Supremo "despachara" el rechazo a la violencia que recogen los estatutos de Sortu diciendo que la propia ETA "habría recomendado tal crítica o condena" y asegura que "se ha identificado de manera objetiva la intención real del rechazo a la violencia de ETA y su sinceridad", a través de los pronunciamientos emitidos por la formación.

"Nos hallamos, por tanto, en el ámbito de las sospechas y convicciones y no en certidumbres basadas en hechos y datos debidamente acreditados", dice Sortu, que vuelve a citar la sentencia del Constitucional para decir que esa sospecha no puede conducir a la prohibición de crear un nuevo partido político.

Tras registrar el recurso en la sede del TC, Iruin ha dicho en declaraciones a los periodistas que mantiene una "razonable esperanza" en que el tribunal ampare a Sortu, anule la decisión del Supremo y permita la creación de este nuevo partido. Iruin ha añadido que su petición de amparo se acompaña de un bagaje jurídico "sólido" consistente no sólo en la sentencia del Constitucional sobre Bildu, sino también en el voto particular firmado por siete de los 16 magistrados de la sala del 61 del Supremo que discreparon de la decisión de la mayoría de prohibir la inscripción de Sortu.

Aun reconociendo que son casos distintos, porque Bildu denunciaba la vulneración de su derecho al sufragio pasivo y Sortu la de su derecho de asociación, el letrado ha asegurado que en ambos procedimientos el punto de partida es el mismo: dilucidar si existe o no una continuación de la ilegalizada Batasuna.