La alcaldesa de Hernani (Guipúzcoa), Marian Beitialarrangoitia, a su salida ayer de la Audiencia Nacional. /EFE
acusada de un delito de enaltecimiento del terrorismo

El juez Pedraz archiva la causa contra la alcaldesa de Hernani al considerar que no hubo delito

El magistrado cree que las palabras de Marian Beitialarrangoitia no eran una "justificación de los medios terroristas" sino "el elogio o la defensa de ideas"

MADRID Actualizado: Guardar
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El juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, no aprecia delito en las declaraciones de la alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangoitia, que durante un acto de Acción Nacionalista Vasca pidió un aplauso afectuoso a los presuntos etarras Igor Portu y Martin Sarasola, acusados del atentado de la T-4. El magistrado, que ha decidido archivar la causa, ha argumentado que la figura del enaltecimiento del terrorismo se limita a perseguir "la exaltación o justificación de métodos terroristas" y no "el elogio o la defensa de ideas".

El magistrado explica que la figura del enaltecimiento del terrorismo no persigue "el elogio o la defensa de ideas, aunque éstas pongan en cuestión el marco constitucional". Y añade que, si fuera de otra forma, este delito se convertiría en un instrumento dirigido a controlar la disidencia política.

En contra del criterio de la Fiscalía, que considera que Beitialarrangoitia cometió un delito de enaltecimiento del terrorismo, el juez Pedraz dejó ayer en libertad a la regidora, sin la imposición de medidas cautelares, a la espera de juicio. En su declaración ante el juez, la alcaldesa explicó que con sus palabras no pretendía "enaltecer" a ETA, sino expresar un sentimiento hacia los presos vascos. Tras escucharla, Pedraz ha decidido archivar la causa.

Elogio a las ideas, no a los métodos terroristas

El magistrado argumenta en su auto que de las palabras de la alcaldesa no se puede deducir que estuviera de acuerdo o elogiara las conductas de los presuntos etarras Ibon Portu y Martín Sarasola, ya que cuando pidió el aplauso para ellos -fueron detenidos en relación con el atentado de la T-4 el 6 de enero- en el acto electoral de Pamplona lo hizo por un "sentimiento" hacia esas personas, como declaró, "que habían pasado por un trance difícil y a una le había llevado al hospital".

Se refería a Portu, que estuvo ingresado por las heridas producidas a consecuencia de su detención, pero estas manifestaciones, según dijo la alcaldesa al juez, "no eran de apoyo a ETA ni a ellos en particular por su pertenencia a ETA".

Además, Portu y Sarasola, argumenta el magistrado, de momento sólo están imputados de pertenecer a banda armada y de dos asesinatos por el atentado de la T-4, pero no se ha celebrado juicio por esta causa y, por tanto, prevalece el derecho a la presunción de inocencia.

Cambio de criterio de la Fiscalía

El juez también recuerda a la Fiscalía que el Ministerio Público retiró la acusación por enaltecimiento del terrorismo al dirigente de Batasuna Arnaldo Otegi cuando se celebraba el juicio en marzo de 2007 por unas manifestaciones suyas en apoyo de la etarra Olaia Castresana, muerta cuando manipulaba un artefacto. Otegi había dicho de ella que "se nos ha ido, a sus 22 años, como tantos gudaris de ETA, con la dignidad silenciosa y la muerte solitaria".

La Fiscalía, que pidió ayer para la alcaldesa comparecencias quincenales, ha adelantado que recurrirá la decisión adoptada por el responsable del Juzgado Central de Instrucción número uno de la Audiencia Nacional, según fuentes jurídicas, al considerar que Beitialarrangoitia sí realizó una "auténtica exaltación de apoyo a las actividades de ETA".