Editorial

Autorización de Aviación Civil

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Hoy publica este periódico una información que demuestra que el avión de Spanair que se estrelló el 20 de agosto de 2008, con un trágico saldo de 154 personas muertas y 18 heridas, tenía el certificado caducado desde el 22 de julio, aunque Aviación Civil había autorizado su prórroga durante treinta días. No hubo irregularidad en sentido estricto ya que las normas internas de dicho órgano dependiente de Fomento permiten prorrogar la operatividad de un avión con el certificado de aeronavegabilidad caducado. En este caso, la fecha de la revisión quedó fijada el 22 de agosto pero dos días antes se produjo el siniestro; con anterioridad al mismo, el avión experimentó cinco averías por sobrecalentamiento de la sonda de temperatura. Los accidentes aéreos no suelen deberse a una sola causa: suceden fatalmente cuando existe una concatenación de fallos. En este caso, parece que los pilotos tuvieron la principal responsabilidad al no percatarse de que despegaban con una configuración equivocada. Sin embargo, sin los demás factores -entre ellos, este retraso inexplicable en la revisión-, el siniestro no hubiera tenido lugar. Aviación Civil no puede, pues, declinar su cuota de responsabilidad.