Sociedad

El Constitucional ampara a una empleada que robó

Considera que se vulneró su derecho a la defensa porque en el juicio no se visionó un vídeo que demostraba que se atentó contra su intimidad

MADRID. Actualizado: Guardar
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El Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo a la empleada de un Vips que fue despedida después de ser grabada por una cámara de seguridad cuando se llevaba dinero de la recaudación del local en el que trabajaba. La Sala Segunda, por unanimidad, considera vulnerado su derecho fundamental a la defensa, porque durante el juicio no se autorizó el visionado del DVD que sirvió para confirmar la validez del despido, informa la corte en un comunicado.

Según la demandante, había imágenes que habrían provocado la nulidad de la grabación como prueba para el despido, porque habrían permitido demostrar que se vulneró su derecho a la intimidad. En su opinión, la dependencia en la que estaba instalada la videocámara era utilizada por los empleados como vestuario.

La empleada presentó demanda de nulidad de despido y pidió además una indemnización por la supuesta lesión de su derecho fundamental a la intimidad personal, con el argumento de que la prueba de que había sustraído dos sobres, con mil euros cada uno, era un vídeo en el que aparecía en ropa interior. Los hechos sucedieron en un Vips de la zona de Azca, en Madrid.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pedro González-Trevijano, afirma que «la proyección de las imágenes reclamadas por la parte demandante constituye un medio de notable potencial probatorio para dotar de verosimilitud» a lo señalado por la recurrente en amparo sobre el uso que se daba a la habitación donde estaba la cámara.

Sobre este punto, las resoluciones dictadas por las sucesivas instancias judiciales solo tuvieron en cuenta la declaración de los testigos, según los cuales la empresa tenía expresamente prohibido a los empleados el uso de la dependencia como vestuario, pero no el contenido del DVD, pese a que había sido admitido como prueba.