ANDALUCÍA

Denegada la libertad al supuesto testaferro del caso ERE

La Audiencia Provincial confirma las fianzas de responsabilidad civil a cuatro intrusos, por un total superior a los 744 mil euros

SEVILLA. Actualizado: Guardar
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La juez que instruye la causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos ha rechazado la petición de libertad de Juan Francisco Algarín Lamela, en prisión provisional desde el 15 de enero y uno de los presuntos testaferros de las «empresas pantalla» empleadas para introducir en el circuito financiero el dinero procedente de las sobrecomisiones aplicadas a las pólizas de prejubilaciones vinculadas con los ERE financiados por la Junta.

El auto entiende que el imputado podría darse a la fuga y eludir de este modo la acción de la Justicia; que podría destruir pruebas, y que podría entrar en contacto con otros imputados en la causa.

Por otra parte, la Audiencia Provincial ha confirmado las fianzas de responsabilidad civil por un montante total de 744.318,62 euros impuestas a cuatro 'intrusos' del caso, que las recurrieron alegando que «creían de buena fe» que podían ser beneficiarios de estas «ayudas».

En varios autos, la Sección Séptima confirma la fianza civil de 432.993,69 euros impuesta a Alejandro Millán Torres, oriundo de El Pedroso y prejubilado en un ERE promovido en 2007 por Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) S.A., y la de 147.524,93 euros fijada para Andrés Carrasco Muñoz, también de El Pedroso y que fue prejubilado en un ERE promovido en 2003 por Aceitunas y Conservas S.A.L. (Acyco), donde nunca trabajó. De igual modo, se confirma la fianza de 81.900 euros a Rafael Rodríguez Fuentes y Antonio González Pérez, incluidos en el ERE de 2007 de 'Saldauto' pese a no haber trabajado nunca allí.

Alejandro Millán logró, sin pedirla, una ayuda de 333.072,07 euros, a la vez que recibía una pensión por incapacidad permanente total y se dio de alta como autónomo, ya que «compartía junto con un familiar la titularidad de una empresa con cuatro empleados». «No se alcanza a entender» que el 'intruso' «pudiera creer de buena fe que podría ser beneficiario de una ayuda de la naturaleza que recibió», dice la Audiencia. «Ni su situación era menesterosa, ni la elevadísima cuantía obedecía a motivo justificable para el común de las personas, ni podemos admitir la conciencia de antijuricidad de la percepción, aunque fuese el mismo director general de Trabajo quien se encargase de la gestión de su solicitud».

En el caso de Andrés Carrasco Muñoz, churrero de El Pedroso, dice que obtuvo una ayuda total de 113.480,72 euros, gracias a su relación con el entonces director general de Trabajo, Javier Guerrero. La ayuda «significaba percibir rentas mensuales de 1.000 euros durante diez años», es decir «ingresar más de lo que por la explotación de su propio negocio obtenía, y bastante más de lo que pudiera ser el salario mínimo», por lo que «alegar la buena fe en la percepción de tan cuantiosa suma sin más argumento resulta difícil de admitir».

Respecto a Rafael Rodríguez Fuentes, la Audiencia argumenta que «la realidad de los datos objetivos, incluido el reconocimiento de haber percibido desde marzo de 2008 hasta diciembre de 2010» una serie de rentas mensuales, «permiten extraer serios indicios de la comisión de hechos de naturaleza penal».

Por último, y en el caso de Antonio González Pérez, que firmó una póliza que le garantizaba cobrar 395.110,56 euros hasta 2029, la Audiencia alega que «es difícil admitir esa buena fe o error que se predica respecto a la inclusión entre los prejubilados de una compañía con la que no se tenía relación alguna.