Ciudadanos

Juzgan a dos empresarios por el accidente de un empleado que quedó tetrapléjico

Ordenaron a un conductor que retirara los nidos del techo de una nave sin dotarle de medidas de seguridad y cayó desde una altura de nueve metros

CÁDIZ. Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

La siniestralidad laboral que también mide el nivel de desarrollo de un país, computó un terrible accidente en mayo de 2008. Un joven de solo 25 años quedaba condenado de por vida a una silla de ruedas tras caerse desde una altura de nueve metros. Las circunstancias que rodearon este siniestro pusieron en evidencia las pésimas condiciones de trabajo que había soportado la víctima y sus compañeros. Realizaban tareas para las que no estaban preparados ni habían sido contratados y las desarrollaban sin ningún tipo de medida de seguridad. Ayer fue juzgado por ello un matrimonio de empresarios que estaba al frente de la sociedad Transportes Mialfer S.L. para quien la Fiscalía pide tres años de cárcel y una indemnización superior a los 900.000 euros.

En el juicio celebrado ayer en los juzgado de lo Penal de Jerez se echó la vista atrás, en concreto al 22 de mayo de 2008. La víctima había sido contratada como transportista pero ese día, el acusado Miguel C. C. convocó a sus trabajadores para que realizaran labores de mantenimiento en la nave industrial que tenían en la carretera de Guadalcacín a Nueva Jarilla. Aunque su plantilla era de conductores, ese día no podían llevar mercancía a Sevilla porque era fiesta local por lo que sus jefes decidieron que emplearan la jornada en otros menesteres, aunque carecieran de preparación alguna.

Así, según defendió ayer la fiscal y la acusación particular, a la víctima y a dos compañeros más les ordenaron que se subieran al techo de la nave para hacer reparaciones y retirar unos nidos de pájaros. Para ello utilizaron una plataforma elevadora, pero cuando el joven que resultó herido accedió al techo, la cubierta cedió y cayó desde una distancia de nueve metros. Pese a realizar labores en altura carecía de cualquier medida de seguridad que hubiera impedido que se precipitara como un arnés.

Los acusados aseguraron ayer en el juicio que no dieron esa orden y que los trabajadores se subieron por propia voluntad. Una versión que tumbó no solo la víctima sino también sus compañeros: la orden se dio y quien no quisiera realizar los trabajos podía ver menguada su nómina, declararon ayer los trabajadores.

Las consecuencias fueron fatales para el joven conductor que sufrió gravísimas lesiones como traumatismos craneoencefálico, vertebral y daños en la médula que le han dejado tetrapléjico. La fiscal preguntó una y otra vez si los acusados habían resarcido en modo alguno a su empleado, a quien el Estado le ha reconocido una incapacidad permanente de gran invalidez. Pero en los cuatro años que han transcurrido desde el fatal accidente, el joven no ha recibido ni un solo euro de la empresa.

Esta falta absoluta de atención y las serias secuelas que le han quedado a la víctima hizo que el Ministerio Público modificara a la alza la cuantía de la indemnización que solicita para el denunciante. De los 535.000 euros que pedía al inicio de la vista oral a más de 900.000 euros cuando llegó la hora de los informes finales, ajustándose a la misma cantidad que pide la familia del trabajador.

El matrimonio se escudó en la falta de dinero para no haber hecho frente a ningún tipo de indemnización en estos cuatro años y a día de hoy, la empresa está cerrada y se desconoce el destino final del patrimonio de la sociedad. La sombra de que se declaren insolventes acecha. Pero las peticiones de penas no se limitan solo a la cárcel y el dinero sino también a una inhabilitación especial para dirigir o administrar una empresa durante el tiempo de la condena

La defensa trató de sacar del caso a la esposa de Miguel C. C., alegando que desde 2006 era administradora de la sociedad solo en los papeles. Pero las acusaciones sostienen que ambos eran responsables de las decisiones que adoptaban uno y otros dentro de la empresa.