Economia

Prohibir las compras a corto, la última baza del regulador

MADRID Actualizado: Guardar
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La venta en corto es una operación especulativa que consiste en desprenderse de acciones tomadas en préstamo o que ni siquiera están todavía en propias manos, en la expectativa de que esas ventas masivas deprecien el valor. Se recompran entonces por un importe mucho más bajo, con lo que se obtienen sustanciosas ganancias, de las que solo hay que descontar la comisión abonada al prestatario de los títulos y, en su caso, los correspondientes intereses. Es, en definitiva, una apuesta por la caída de una determinada acción. España y otros países ya no permiten que estas operaciones se realicen 'en descubierto', es decir, que las ventas se lleven a cabo, con pago diferido, sin necesidad de disponer previamente de las acciones.

Prohibir de raíz las posiciones en corto, aunque sea por un breve plazo, no es del agrado de los reguladores, ni mucho menos del mercado. Pero la ofensiva de las últimas jornadas, con la banca como objetivo y en pleno agosto -cuando el volumen de negociación se reduce mucho, y las sociedades resultan mucho más vulnerables- no dejaba otro camino. Este tipo de operaciones suelen ser realizadas por fondos independientes, muchos de ellos anglosajones, perfectamente identificados en el mercado. Se considera que esta práctica precipita la caída de las acciones más frágiles y agrava la inestabilidad de los mercados financieros.

España sabe mucho de esta operatoria. Los bancos medianos están con frecuencia en la diana de estos fondos independientes, y al cierre del mes de julio, según datos publicados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), los fondos bajistas disponían de cuotas elevadas del capital de unas cuantas entidades: 6,03% del Banco Popular, 5,8% de Bankinter y 3,6% del Banco Sabadell-Atlántico.

Son porcentajes significativos si se les relaciona con el volumen de acciones de estas sociedades que se intercambia cada día en el mercado de valores.