LUCHA ANTITERRoRISTA

La Audiencia derogará la doctrina Parot si Estrasburgo confirma su sentencia

La aplicación del fallo permitiría excarcelar o rebajar la condena de 66 presos etarras, así como de decenas de violadores, asesinos o 'narcos'

MADRID Actualizado: Guardar
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La Audiencia Nacional anticipó este lunes que derogará la aplicación de la 'doctrina Parot' si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) confirma su condena de julio al Estado español. El tribunal central admite que cumplirá «escrupulosamente» la decisión final que adopte la Gran Sala del TEDH respecto del recurso que tiene previsto presentar el Gobierno contra el fallo, que instaba a indemnizar con 30.000 euros y a excarcelar a la etarra Inés del Río Prada, cuya salida fue pospuesta de 2008 a 2017 en aplicación de la citada doctrina.

Es la primera vez que la Audiencia Nacional se pronuncia sobre la sentencia del tribunal con sede en Estrasburgo, que consideró ilegal por unanimidad la 'doctrina Parot', que recibe su nombre del etarra Henri Parot, primero al que se le aplicó. El fallo supuso un duro golpe a la estrategia del tribunal central, bendecida por el Supremo y el Constitucional, de alargar hasta los 30 años el tiempo efectivo en prisión de los etarras más sanguinarios, en particular los de la década de los ochenta y los noventa. En el caso de Del Río, por ejemplo, fue condenada a más de 3.000 años de cárcel por 23 asesinatos.

El pronunciamiento conocido este lunes va dirigido a la Justicia británica y parte del caso concreto del etarra Antonio Troitiño, preso en Londres, que está reclamado por la Sección Tercera para que cumpla condena hasta enero de 2017 en aplicación de dicha doctrina.

Troitiño o Del Río son dos de los 66 presos etarras que están pendientes de la decisión de la Gran Sala de Estrasburgo, que podría suponer la salida de prisión -para los que tengan cumplida la condena sin la polémica doctrina- o ver reducida de forma significativa su tiempo de estancia en prisión, entre ocho y doce años. Otros 17 reclusos de la banda terroristas a los que el tribunal central prolongó su estancia en prisión ya están en libertad.

Si el tribunal internacional rechaza el recurso que el Gobierno presentará en septiembre también se beneficiarán del fallo criminales como violadores, narcotraficantes o asesinos que cumplen largas y múltiples penas por delitos cometidos antes de 1996, cuando se reformó el Código Penal y desaparecieron las reducciones de condena por estudios y trabajo.

Precisamente, la causa del varapalo a la Justicia española fue aplicar la 'doctrinaParot' de manera retroactiva cuando ésta es desfavorable al preso. Una máxima del derecho que los tribunales españoles habían soslayado arguyendo que la doctrina solo supuso una nueva fórmula para computar la condena y no una nueva legislación.

Extradición

Ayer, la Sala de Vacaciones de la Audiencia Nacional, compuesta por los magistrados Fernando García Nicolás, Antonio Díaz Delgado y Manuela Fernández de Prado, respondió a la Fiscalía británica que es necesaria la entrega del etarra Troitiño para que cumpla condena hasta 2017, pero admitió por vez primera que cumplirá con lo que decida la Gran Sala de Estrasburgo. En el caso de confirmar el fallo de julio, Troitiño ya habría agotado su condena.

La respuesta de la Sala de Vacaciones, habilitada en agosto para resolver asuntos urgentes, se incluye en un amplio cuestionario enviado por la Fiscalía británica para conocer la situación del miembro del 'comando Madrid', autor, entre otros, del asesinato de 12 guardias civiles en la Plaza de República Dominicana en 1986.

Las preguntas del Ministerio Público van encaminadas a preparar la nueva vista sobre su extradición a España. Los magistrados explican a los británicos que la puesta en libertad que propició su huida se debió «a una interpretación errónea de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el doble cómputo de la prisión provisional», que permitió su salida de prisión en febrero de 2011 cuando en realidad tenía que haber salido en 2017.

Y agregó que la Sección Tercera, presidida por el magistrado Alfonso Guevara, anuló esta decisión y ordenó la detención de Troitiño tras advertir el error. También menciona el aval del Supremo y del Constitucional a la 'doctrinaParot' y explican que la vigencia de la orden de detención sobre el etarra se debe a que su condena es todavía «firme e inmediatamente ejecutiva». En tanto decide Estrasburgo, no quieren que se fugue como ocurrió con De Juana Chaos.