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Viudas del 'Nueva Pepita Aurora' recibirán recargo del 50 % en sus pensiones

El juzgado condena a los empresarios de la embarcación al entender que se produjeron «negligencias graves»

Cádiz Actualizado: Guardar
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El juzgado de lo Social número 3 de Cádiz ha condenado a los empresarios del "Nueva Pepita Aurora" a pagar un recargo del 50 por ciento en las pensiones de cuatro de las viudas de los pescadores que fallecieron en el naufragio de la embarcación, al entender que el siniestro se produjo por "negligencias graves".

En una sentencia hecha pública hoy, el juzgado estima así la demanda interpuesta por las viudas de cuatro de los ocho tripulantes del "Nueva Pepita Aurora " fallecidos el 5 septiembre de 2007, cuando el pesquero regresaba a Barbate (Cádiz) tras faenar en caladeros de aguas próximas a Marruecos.

Las cuatro viudas, que cobran unas pensiones de viudedad de la Seguridad Social de entre 700 y 500 euros, pidieron al juzgado el pasado mes de julio un recargo del cincuenta por ciento de esta prestación, y de las de orfandad que reciben los hijos menores de los fallecidos, al entender que el accidente se produjo por la falta de medidas seguridad.

Basándose en los resultados de la investigación de la Comisión Permanente de Investigación de Accidentes Marítimos del Ministerio de Fomento, el juzgado estima la demanda al entender que el naufragio, que causó la muerte de ocho de los 16 tripulantes de la embarcación de los cuales tres continúan desaparecidos, se debió a dos fallos técnicos que son "negligencias graves del empresario".

La sentencia explica que los fallos técnicos fueron por un lado el exceso y la mala distribución de la carga y por otro el "cegamiento permanente" de las falucheras de la embarcación, por lo que la nave no podía desaguar.

Añade que las malas condiciones climatológicas, a las que los empresarios achacan el accidente, no fueron "la fuerza mayor" que hundió el Nueva Pepita Aurora , ya que, en el momento en el que ocurrió otras embarcaciones que estaban por la zona acudieron en su auxilio "y no sufrieron siniestro alguno".

"La responsabilidad debe atribuirse sólo al empresario", dice la sentencia tras recalcar que las imprudencias fueron "dos", "notorias" y que ocasionaron el resultado "más grave posible" pues "afectó a ocho personas".

El juez fija que se absuelva del pago de este recargo a José Vega Reyes y a José Vega Camacho, apoderado y patrón respectivamente de la embarcación porque, según la jurisprudencia, el responsable es la sociedad limitada propietaria de la nave.

El juez pide también que se deduzca testimonio de la declaración de un perito propuesto por la parte demandada que, según el juez, aportó "datos ficticios" en el juicio, lo que pudiera constituir "un delito contra la administración de justicia".

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, no tiene efectos sobre el procedimiento civil y penal que se sigue por estos hechos en un juzgado de instrucción de Algeciras, según ha dicho Ramón Dávila, abogado de las cuatro viudas que interpusieron la demanda estimada por el juzgado de lo social de Cádiz.