Opinion

Inoportuno, extemporáneo y demagógico

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Y o, que cumpliré próximamente 52 años, ya no sé si soy joven para jubilarme o viejo para trabajar. Pero, de lo que estoy seguro es de que con esa edad soy carne de prejubilación. Tengo algo en mi contra para ello, ni trabajo en una caja de ahorros, tampoco lo hago en Movistar, así se llama ahora la compañía de las matildes, ni pertenezco a ninguna empresa con la que la Junta de Andalucía ha decidido colmarlas de bondades. Así es que seguiré haciendo lo que hago. Está claro que la inoportunidad política no casa con la lógica económica. Para el Gobierno, el anuncio hecho por el señor Alierta es descabellado. Manifiesta el ministro de Trabajo disponer de un plan para no permitir pretensiones como las planteadas por la operadora telefónica. Insiste que ese plan estaba diseñado con anterioridad. No sé si será desde que tiene conocimiento de las mil y una tropelías cometidas por la Junta de Andalucía, a colación con los ERE y con las ayudas concedidas consecuencias de los mismos.

Establezcamos las similitudes del supuesto del hecho en el que se ha visto inmerso el ex Consejero de Empleo y las pretensiones futuras de Movistar. Aunque no se lo crean, no son tan diferentes, más bien yo las calificaría de similares con matizaciones. Sin embargo es ahora cuando el Gobierno pone el grito en el cielo. Será que sus miembros son de efecto retardado y el ejercicio de garganta comenzó cuando salta a la prensa el caso del consejero jerezano. Este hombre trabajó para una empresa en la que se encontraba en situación excedencia forzosa por cargo público con reserva de puesto de trabajo. La empresa en cuestión, como todas las demás del ramo, lleva años con procesos de reestructuración ajustando su plantilla, debido a las innovaciones tecnológicas introducidas en todo el sector, lo que supone un exceso de oferta de mano de obra. Estos ajustes se han llevado a cabo mediante expedientes de regulación de empleo, financiando las prejubilaciones de los excedentes, antes recurriendo al Montepío San Ginés de la Jara y ahora, desde la desaparición de éste por quiebra, también intervenido por la propia administración autonómica, por fondos de la Junta, los que ahora son denominados 'fondo de reptiles'. La compañía telefónica, antaño monopolio y público, se encontraba sobredimensionada. Se privatiza y comienza a operar también en telefonía móvil. Esta nueva actividad permite el trasvase de excedentes de la telefonía fija a esta otra, además de hacer nuevas contrataciones. La telefonía fija absorbe el 85% de la plantilla, mientras que el resto lo hace la telefonía móvil. Ambas divisiones obtienen beneficios equivalentes.

Hasta aquí, los dos ejemplos son bien parecidos. Dos empresas con beneficios incoan expedientes de regulación de empleo basados en causas organizativas, técnicas y productivas, para el ajuste de sus plantillas. El precepto que regula las mismas aduce que la empresa deberá acreditar la concurrencia de las causas que se invocan, justificando que de las mismas se deduce la razonabilidad de la decisión extintiva para contribuir a prevenir una evolución negativa de la empresa o a mejorar la situación de la misma a través de una más adecuada organización de los recursos, que favorezcan su posición competitiva en el mercado o una mejor repuestas a las exigencias de la demanda. Sobran las explicaciones después de lo que dice la norma, por cierto, reformada por la Ley 35/2010 y por lo tanto impulsada por el propio Gobierno.

Las dos empresas están legitimadas para iniciar el procedimiento. Las dos empresas tienen beneficio. Las dos empresas siempre lo han negociado y acordado con los sindicatos. Las diferencias entre ambas, la financiación del plan social. Las del sector de la vid de Jerez, todas las empresas, prejubilaciones financiadas con cargo a los fondos públicos de la Junta de Andalucía.

Las de Movistar, financiadas con cargo a reservas con anterioridad y por mor de la reforma fiscal, con cargo a beneficios. Sí además como dicen, la operadora de telefonía se hace cargo del coste de la prestación de desempleo y del subsidio hasta el cumplimiento de la edad en la que los trabajadores puedan anticipar la edad de jubilación, poco tiene que decir la administración.

Observamos que en esta diatriba están presentes dos instituciones fundamentales, que están en la picota todos los días, máxime en tiempos de crisis, las prejubilaciones y los expedientes de regulación de empleo. La primera se refiere a un concepto jurídico indeterminado. En el fondo la prejubilación supone la superposición de medios económicos para garantizar al trabajador al que se le ha extinguido su contrato de trabajo, una renta determinada hasta su jubilación.

Es el resultado de combinar la prestación de desempleo, el subsidio asistencial de desempleo, las rentas que capitalizan las empresas o las administraciones para complementar aquellas y la prestación de jubilación cuando llegado el momento de anticipar la edad de jubilación. Amén del convenio de Seguridad Social que garantiza una base de cotización equivalente a la que tenía el trabajador en activo, también a financiar, bien por la propia empresa, bien por la administración.

Por su parte, la institución que representa el expediente de regulación de empleo, es aquella que posibilita que las empresas ajusten su estructura de personal, ante manifestaciones de una situación de crisis, de dificultad económica de la empresa o en su caso favorezca la posición competitiva de la empresa en el mercado o una mejor repuestas a las exigencias de la demanda. La economía exige la adecuación permanente de las empresas a su entorno. Entre las múltiples decisiones de los gestores empresariales está equilibrar su estructura de personal al entorno naturalmente cambiante que representa por naturaleza el mercado. De igual forma deben tomar un sinfín de decisiones financieras para hacer viable la empresa y que ésta de beneficios. En una economía capitalista, el beneficio empresarial es la propia esencia de la empresa. Sin su concurso, las empresas desaparecen. Ahora la Unión Europea, a través del Pacto Europeo sobre Competitividad, exige estrategias de flexibilización económicas, vinculando salarios y productividad.

¿Y qué es lo que hacen o pretenden muchas empresas con los ajustes? Básicamente ajustar los costes fijos. Es decir, pretenden convertir una proporción de sus costes fijos, entre los que se encuentran los laborales, en variables para lograr una mayor flexibilidad y adaptación al mercado. Solo así es posible encauzar adecuadamente la senda de la eficiencia y la competitividad de las empresas, como impulsores del crecimiento y por ende de la generación de empleo.