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Estatuto y sintaxis

Por mucha voluntad que le eche: sólo un tercio de los catalanes refrendaron el Estatuto

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Antes de la Logse, aprendíamos en lógica el principio de no contradicción: una cosa no puede ser y no ser al mismo tiempo y bajo el mismo respecto. También se nos enseñaba que la oración tenía sujeto, verbo y predicado. Después de la Logse, vaya usted a saber lo que se enseña sobre lógica y sobre sintaxis. Tal vez sea esa carencia la que explica el sorprendente nivel de confusión tras el reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatuto de Cataluña.

Primero, la lógica. Resulta que el fallo del TC en el que se sanciona la inconstitucionalidad de 14 artículos del texto (además de restricciones interpretativos sobre otros 30) supone, según exégetas tan ilustres como Zapatero, De la Vega o Rubalcaba, la confirmación de la plena constitucionalidad de aquel. Y ello en base al peregrino argumento de que la cantidad de artículos sobre los que no se ha apreciado vicio de inconstitucionalidad supera claramente la de aquellos anulados. Es decir, que la constitucionalidad de una norma se mide al peso. Bastaría que se hubiera cambiado de lugar una coma para que no cupiera decir -respetando la lógica- que el fallo ha confirmado la plana constitucionalidad del texto. Pero no es una coma lo que se ha tachado. El tinglado judicial propio, la dimensión más tosca de la imposición lingüística y algunos excesos de bilateralidad fiscal han sido cepillados por inconstitucionales.

Sin embargo, lo que sí es cierto es que la sentencia del TC no supone en la práctica alterar fundamentalmente las posibilidades de despliegue del autogobierno de Cataluña, que es de lo que se trata con el Estatuto. Por eso, resulta aun más sorprendente la reacción del 'president' Montilla. Dice razonablemente que el fallo no altera la sustancia del Estatuto y, por tanto, se proclama a continuación «indignado» con el mismo, tacha al Tribunal de «lamentablemente desacreditado y moralmente deslegitimado», y se pone al frente de la manifestación para mostrar la oposición al fallo que, según él y quienes le siguen, lastima la dignidad de Cataluña.

No es el único. En el campo doctrinal gente tan significada como Miquel Roca (La Vanguardia, 30 de junio) o Javier Pérez Royo (El País, 2 de julio) han venido a coincidir en que el fallo del TC constituye un problema para España (Roca) y además un problema constituyente (Pérez Royo). Ello, según estos autores, porque el fallo del TC contraviene la voluntad política de los catalanes.

Aquí es donde nos tropezamos con la sintaxis. El problema del sujeto de la oración. La Constitución no reconoce otro sujeto de soberanía que el pueblo español en su conjunto. Sólo él puede cambiar la Constitución. Mientras no lo haga, ningún pueblo particular, por importante que sea, puede hacerlo. Por mucha voluntad que le eche, que no es el caso: sólo un tercio de los catalanes refrendaron el Estatuto.