recurso de una asociación musulmana

El Tribunal Supremo revoca la prohibición del burka acordada por el Ayuntamiento de Lérida

Entiende que su uso no perturba la seguridad ciudadana ni la medida sirve para proteger la igualdad de la mujer

MADRID Actualizado: Guardar
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El Supremo ha anulado la ordenanza del Ayuntamiento de Lérida que prohibía el velo islámico y otras prendas que oculten el rostro, como el burka, en sus edificios municipales, al entender que su uso no perturba la seguridad ciudadana ni la medida sirve para proteger la igualdad de la mujer.

Además, para el Tribunal Supremo "la prohibición del velo integral constituye una limitación del ejercicio de la libertad religiosa".

El alto tribunal revoca así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que avaló la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Lérida por la que se acordó esa prohibición, al estimar el recurso que contra esta resolución interpuso la asociación musulmana Watani.