Economia

CaixaBank deberá pagar 97.000 euros a un afectado por las preferentes

SANTANDER. Actualizado: Guardar
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«El Derecho no puede ser más protector de los astutos que defensor de los confiados». Esta frase, pronunciada por el juez José Arsuaga, titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santander, encierra toda la filosofía de la primera sentencia dictada en Cantabria, que obliga a un banco a devolver a un cliente una inversión en preferentes. En ella, el magistrado estima la demanda interpuesta por un afectado, Faustino S. B. frente a CaixaBank, declarando nulo el contrato de la compra de valores realizado en 2000, y condena al banco a devolver los 97.000 euros que entregó a la entidad, más los intereses. La sentencia no es firme y cabe recurso.

El juez considera probado que el cliente no fue informado de las características de «riesgo alto» y posible iliquidez que presentaban las participaciones preferentes, una obligación legal de todo banco cuando se trata de clientes «sin conocimiento de los mercados de valores ni familiarizados con sus productos».

En este caso, el ahorrador, un electricista de 50 años, «confíó» en la palabra del empleado bancario, el director de su sucursal, «sin ser consciente de los altos riesgos de un contrato complejo del que no recibió la necesaria información para ponderar sus riesgos y decantarse consciente sobre su contratación». El magistrado concluye que cuando un contrato es «complejo y presenta importantes riesgos para el cliente, el deber de buena fe en la información en las fases de desarrollo del negocio se acrecienta, pues la deslealtad de una parte no se evapora por la actitud del afectado».