Sáenz de Santamaría (c), junto a Báñez (d) y Gallardón (i), durante la rueda de prensa. / Foto: Efe | Vídeo: EP
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Dos únicos supuestos para abortar: violación o riesgo para la salud de la embarazada

Dos facultivos deberán certificar las problemas físicos o psiquicos para autorizar la interrupción del embarazo | Las menores no podrán interrumpir su embarazo si los padres o tutores no están informados o no dan su consentimiento

MADRID Actualizado: Guardar
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El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma de la ley de interrupción voluntaria del embarazo que regresa a la ley de supuestos de 1985 y elimina el aborto libre en las primeras 14 semanas de gestación. Sin embargo, el proyecto impulsado por el ministro de Justicia endurece todavía más la ley planteada hace casi tres décadas. Elimina uno de los tres supuestos, el de malformaciones, y mantiene los otros dos casos para el aborto: el embarazo en caso de violación (con previa denuncia durante las 12 primeras semanas de gestación) y si la salud psíquica o física de la embarazada corre peligro. En cuanto al supuesto de malformaciones, se elimina a no ser que las anomalías sean incompatibles con la vida.

Alberto Ruiz-Gallardón ha asegurado que la Ley Orgánica de Protección de la Vida del Concebido y los Derechos de la Embarazada "mantiene el equilibrio entre los derechos del nasciturus y los de la mujer" y resuelve las "inquietudes" que tiene la sociedad y los profesionales sanitarios. "Apuesta decididamente por la libertad de la mujer pero tiene que ser concordada con una información. Quien rompió el equilibro en un sistema complejo y sensible fue el PSOE en 2012 e introdujo una forma de legislar contraria a lo que decía el TC", ha comentado Gallardón, quien ha criticado la anterior ley porque "automatizaba" la interrupción del aborto y anteponía un derecho (el de la mujer) sobre otro (el del concebido). "Daba igual el posible daño psicológico de la mujer", ha apuntado. "Lo que nosotros hemos hecho es garantizar más la aplicación del fallo del Constitucional", ha insistido el titular de Justicia.

El nuevo anteproyecto, que tiene que pasar ahora todo un proceso legislativo, ha asegurado que se mantienen los requisitos generales de los lugares y condiciones donde se deben realizar estas operaciones y ha introducido novedades en los requisitos cuando el aborto sea necesario. Las mujeres deberán presentar dos informes de sendos médicos distintos al que vaya a hacer el aborto y que trabajen en centros diferentes que justifiquen la interrupción del embarazo, lo que sitúa a los profesionales en una importante posición dentro de este proceso.

En el caso de las anomalías del feto serán dos facultativos que estudien las secuelas psíquicas de la mujer y otro los del feto. El ministro ha recalcado que se eliminan todos los reproches penales sobre la mujer, pero no sobre el facultativo. Si realiza un aborto ilegal puede ser condenado a cuatro años de cárcel y a una inhabilitación sanitaria de hasta seis años.

Por otra parte, se elimina uno de los puntos más polémicos de la anterior norma del Gobierno socialista: que los menores de 16 años pudieran abortar sin la presencia de un progenitor o un tutor. El Ejecutivo popular elimina este supuesto y determina que los padres o tutores deberán dar su consentimiento. Otra de las novedades de la ley es que se elimina la publicidad de las clínicas abortistas.