El juez Elpidio José Silva. / Foto: Kiko Huesca (Efe) | Vídeo: Atlas
'caso blesa'

El CGPJ rechaza de plano el amparo pedido por el juez Silva

No ve elementos que avalen las pretendidas presiones e injerencias que habría recibido, sino en todo caso de declaraciones que entran en la libre expresión

MADRID Actualizado: Guardar
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó este lunes archivar la petición de amparo formulada por el juez Elpidio José Silva, instructor del polémico caso donde se han investigado algunas operaciones realizadas en Caja Madrid bajo la presidencia de Miguel Blesa. El magistrado había denunciado la semana pasada ante el órgano de gobierno de la judicatura las pretendidas presiones e injerencias «de todo tipo» que, según él, estaría sufriendo en su labor profesional. Lo llamativo del caso es que los presuntos autores de las mismas habrían sido la Fiscalía, los medios de comunicación e incluso buena parte de los propios vocales del órgano de gobierno de la judicatura.

Según fuentes jurídicas, la decisión ha sido tomada de forma unánime por los cinco vocales de la comisión -en la que no ha estado el presidente del CGPJ, Gonzalo Moliner, al figurar entre las personas denunciadas-, quienes han considerado que no existen elementos que prueben que los hechos descritos por el juez constituyan una intromisión en su labor profesional. Así, por ejemplo, éste sostenía que tanto las declaraciones del fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, como del fiscal jefe de Madrid, Manuel Moix -este último decía que el encarcelamiento de Blesa no estaba motivado y que era una medida “absolutamente desproporcionada”-, como la investigación abierta por el Ministerio Público sobre supuestas irregularidades en su labor jurisdiccional suponían una injerencia en su trabajo, pero desde el Poder Judicial se entiende que no hay descalificaciones y sólo apreciaciones jurídicas que, pese a ser contrarias a la suya, no suponen abuso alguno ni tampoco falta de respeto.

Similar argumento sostienen respecto a las expresiones del propio presidente del Consejo sobre el expediente disciplinario abierto al juez por otros casos distintos al de Blesa, donde expresaba su deseo que el asunto “llegue a buen fin”. Lo hizo tras recordar varios expedientes abiertos en el pasado al mismo protagonista, que culminaron con cuatro sanciones que, sin embargo, finalmente fueron archivadas por el Tribunal Supremo debido a “problemas de caducidad” (la tramitación de aquellos excedió de los limites legales). En cuanto a las críticas recibidas desde varios medios de comunicación a su labor, desde el órgano judicial se enmarcan dentro del ámbito protegido de la libertad de expresión, si bien deja abierta la puerta para que Silva pueda acudir a la vía jurisdiccional si cree que ha podido ser vulnerada su imagen.

Sin precedentes

El alcance del escrito presentado por el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, que afectaba a múltiples instituciones y personas –incluidos un buen número de miembros del CGPJ-, hizo que no existieran precedentes de una petición de amparo de este tipo. No obstante, fuentes judiciales precisaron que aún en el caso de que se hubiera concedido lo solicitado por el juez Silva habría sido fundamentalmente un «respaldo moral» a su figura y labor, dado que la propia normativa al respecto no contempla a priori mayores efectos.

Aparte de la posibilidad de enfrentarse a una querella por posible prevaricación (dictar una resolución injusta a sabiendas de que lo es), cuestión que están estudiando tanto la Fiscalía de Madrid como los abogados de Miguel Blesa, el Consejo tiene pendiente de resolver antes de otoño el citado expediente disciplinario abierto contra él a mediados de abril por la presunta comisión de dos faltas muy graves y otra grave por sus particulares métodos profesionales. En concreto, se le acusa de la falta de motivación de algunas de sus resoluciones (como ha ocurrido en el ‘caso Blesa’, según ha resuelto la Audiencia Provincial de Madrid al anular las actuaciones), de retrasos "injustificados" en la tramitación de los procedimientos y de "grave desconsideración" hacia el personal de su juzgado.