INDULTADO EN 2011

El Gobierno «contravino» la Constitución al indultar a Sáenz

El Supremo publica la sentencia por la que mantiene la inhabilitación al consejero delegado del Santander

MADRID Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

El Tribunal Supremo ha hecho publica la sentencia en la que mantiene la inhabilitación a Alfredo Sáenz, consejero delegado del Santander. Tal y como era de esperar, el fallo carga con dureza contra la decisión del Gobierno socialista de concederle el indulto y dejar sin efecto las consecuencia administrativas de la condena.

La sentencia, dictada por nueve magistrados y con ponencia de Carlos Lesmes, señala que “llevar más allá la extensión de la gracia no solo contraviene la ley sino la propia Constitución”. Asimismo, asegura que “la prerrogativa de indulto supone una intromisión del Ejecutivo en los resultados de un proceso penal seguido con todas las garantías y en el que se ha impuesto por los tribunales la consecuencia (pena) prevista en la ley para quien ha cometido un delito”.

El fallo añade que la medida de gracia "constituye una clara extralimitación del poder conferido por la Ley del Indulto al Gobierno" al pretender extender los efectos al ámbito administrativo, una decisión que ya criticó en su momento la Sala de lo Contencioso.

La razón es que las normas administrativas impiden ejercer el oficio bancario a quienes tengan antecedentes penales por delito doloso al considerar que carecen de la honorabilidad exigible por el Banco de España. Y, en el caso de Alfredo Sáenz, fue condenado a tres meses de inhabilitación.

Sin embargo, el gobierno socialista en funciones le condonó en noviembre de 2011 las penas de arresto y suspensión para la profesión bancaria y pretendió dejar sin efecto "cualesquiera otras consecuencias jurídicas o efectos derivados de las sentencias, incluido cualquier impedimento para ejercer la actividad bancaria", según un real decreto aprobado última hora y que ahora ha tumbado el Supremo.

Y ahora qué

Así las cosas, la sentencia deja claro que la medida de gracia no ha borrado los antecedentes penales que pesan sobre Sáenz. A este respecto, indica que el Gobierno puede modificar o acordar la derogación general de la normativa sobre honorabilidad bancaria, pero "lo que no puede hacer es excepcionar, para personas concretas, un mandato general contenido en una norma reglamentaria, pues el Gobierno está también obligado a respetar las normas", concluye.

Tras la decisión del alto tribunal, el futuro de Sáenz queda en manos del Banco de España, que tiene que decidir si puede o no continuar ejerciendo sus funciones en el banco o en cualquier otra entidad financiera teniendo antecedentes penales.

No obstante, el Gobierno ultima un proyecto de real decreto que modificará los requisitos de honorabilidad y buen gobierno de las entidades financieras a través de una normativa que refuerza las funciones del Banco de España para determinar si un directivo condenado puede seguir ejerciendo sus funciones en el sector bancario.