sanidad

Estrasburgo condena a Italia por no permitir la selección de embriones sanos

La Corte Europea de Derechos Humanos falla en contra de la ley que prohíbe efectuar un diagnóstico antes del implante de un embrión

ESTRASBURGO Actualizado: Guardar
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La Corte Europea de Derechos Humanos ha condenado a Italia por la legislación que prohíbe efectuar un diagnóstico antes del implante de un embrión, en el marco de una fecundación 'in vitro'.

La sentencia de los jueces de Estrasburgo concierne a una pareja de italianos, portadores sanos de la enfermedad genética de la mucoviscidosis. La pareja había tenido una hija en 2006, afectada por la patología. En 2010, nuevamente embarazada, la mujer recurrió a un aborto terapéutico cuando la pareja supo, mediante un diagnostico prenatal, que el feto estaba afectado por la mucosvicidosis.

Deseando tener un nuevo hijo sin transmitirle la enfermedad, la pareja quería recurrir a una procreación médicamente asistida y luego efectuar un análisis genético pre-implantatorio, antes de iniciar el embarazo.

Esta prueba está prohibida en Italia, por lo que los demandantes consideraron que su país violaba su derecho al respeto de su vida familiar. La CEDH ha dado razón a la pareja, ya que la legislación italiana "solamente dejaba a los demandantes una opción de angustia y sufrimiento: iniciar un embarazo por vía natural y proceder a una interrupción de embarazo" si el examen "revela que el feto estaba enfermo".