ruiz-mateos, de nuevo entre las cuerdas

¿Qué les espera a los inversores de Nueva Rumasa?

Unas 5.000 personas han confiado un total de 140 millones de euros a las empresas de la familia Ruiz Mateos

MADRID Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Los inversores que han confiado su dinero a Nueva Rumasa en los dos últimos años –la empresa ha hablado de unos 5.000- tienen situaciones muy distintas, como diferentes sus posibilidades de recuperación de los fondos. Hay compradores de pagarés, ahorradores que aceptaron el canje por acciones y los que adquirieron directamente títulos en las ampliaciones de las empresas. Según figura en la página web de Nueva Rumasa, hasta ahora se han pagado "rigurosamente" todos los intereses prometidos -de hasta un 12% anual- desde febrero de 2009, cuando lanzó su primera emisión de pagarés. Desde entonces, algunas fuentes estiman que habría captado unos 140 millones de euros.

En un proceso concursal como el que han iniciado una decena de empresas de Nueva Rumasa, los tenedores de pagarés se consideran acreedores ordinarios. Antes cobran los privilegiados (Hacienda, Seguridad Social, Fondo de Garantía Salarial, hipotecas constituidas, arrendamientos financieros...) y los poseedores de deuda a los que se ha reconocido esta preferencia. El reembolso de los tenedores de deuda subordinada se produce a continuación. Los poseedores de acciones o títulos equivalentes quedan los últimos, por detrás de cualquier otro acreedor.

Los expertos aconsejan a los ahorradores que invirtieron en Nueva Rumasa y sus empresas examinar los contratos y toda la documentación que obre en su poder. Es muy importante determinar las empresas emisoras concretas y si se trata de pagarés, de títulos de deuda subordinada o de acciones y asimilados. En las empresas acogidas al preconcurso, las diferentes características de estos títulos determinan el orden en que se llegaría a recuperar el dinero.

Advertencia de la CNMV

En una primera fase, fueron las empresas del conglomerado las que emitieron pagarés, y estos títulos, por un importe mínimo de 50.000 euros cada uno, aunque publicitados por Nueva Rumasa, figuran a nombre de compañías concretas, como Clesa, Hibramer o Carcesa. Los inversores atendieron el reclamo de una jugosa rentabilidad del 10%.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores conoció estas iniciativas a través de los medios de comunicación. Por eso advirtió a los potenciales compradores de las emisiones realizadas en mayo, septiembre, octubre y diciembre de 2009 que esas operaciones no estaban bajo su control y les aconsejó acudir a un asesor especializado independiente.

El supervisor se dirigió a Nueva Rumasa para recabar detalles. Y en un comunicado del 15 de octubre dejó claro que esta compañía no era la cabecera de ningún grupo: de los pagarés solo respondían las empresas emisoras, y no el patrimonio de todas las sociedades. Precisó que las emisiones no estaban inscritas en el Registro Mercantil y hasta entró a analizar los detalles de la publicidad difundida. La CNMV desveló que las “existencias de licor” mencionadas por la empresa en sus anuncios no se habían constituido como garantías a favor de los suscriptores.

Cambios en la ley

Tras una nueva emisión, en este caso de la sociedad José María Ruiz Mateos, S.A., las autoridades de vigilancia del mercado y el Ministerio de Economía promovieron un cambio en la ley. Desde el 14 de abril de 2010 se exige que en la comercialización de las emisiones de títulos dirigidas al público en general intervenga un intermediario financiero autorizado. Este agente responde ante la CNMV de que la información facilitada al comprador sea “imparcial, clara y no engañosa” y responde ante la CNMV.

Nueva Rumasa y sus empresas dejaron de emitir pagarés a partir de ese momento. Para no tener que aportar detalles en un folleto, ni someterse al control de un intermediario, optaron por realizar ampliaciones de capital. La Comisión del Mercado de Valores no bajó la guardia y aclaró en otro comunicado –el séptimo de la serie- que la operación, dirigida a suscriptores que quisieran aportar fondos por una cuantía mínima de 3.300 euros, no era una oferta pública de venta ni estaba sometida a supervisión. Las aspiraciones de las empresas fueron bajando: en la ampliación de Dhul el mínimo requerido se quedó en 1.200 euros.