ÉXITO. A la izquierda, Arkaitz Goikoetxea, líder del comando Vizcaya. A la derecha, Suárez Trashorras, el minero que suministró explosivos a los terroristas del 11-M. / EFE
LA NUEVA NORMATIVA LA NUEVA NORMATIVA

La Policía tendrá mayor control sobre los móviles en investigaciones terroristas

Industria ordena a las compañías conservar datos de usuarios que hayan cambiado de operadora La información se guardará durante un año

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Más control para desenmascarar a posibles terroristas a través de sus llamadas de móvil. El Gobierno ha ordenado a todas las compañías de teléfonía que conserven durante doce meses los datos de los usuarios que 'migren', es decir, que decidan cambiar de operadora manteniendo su antiguo número. El motivo es que el Ejecutivo considera que esa información puede ser útil en la lucha contra Al-Qaida o ETA, como ya se demostró en las investigaciones del atentado del 11-M en Madrid.

El mandato de no destruir las fichas de los viejos abonados, que entró en vigor el pasado 7 de septiembre, está firmado por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. La circular 1/2008, que ya ha sido repartida entre todas las operadoras, recuerda a las compañías que los «datos relativos al uso de comunicaciones electrónicas son particularmente importantes y por tanto, una herramienta valiosa en la prevención, investigación, detección y enjuiciamiento de delitos, en especial contra la delincuencia organizada y el terrorismo».

Identificar al abonado

Por ello, el Gobierno establece que «la información almacenada en las bases de datos de los sistemas de portabilidad» (cambio de operador) deberá ceñirse a lo establecido en la Ley de Conservación de Datos Relativos a las Comunicaciones 25/2007, aprobada el pasado de octubre, que regula la obligación de los operadores de conservar los datos de tráfico y de localización sobre las personas físicas y jurídicas, «así como los datos relacionados necesarios para identificar al abonado o usuario registrado».

La directiva insiste en que a partir de ahora, las operadoras tendrán obligación de «ceder» todas estas informaciones sobre viejos abonados «a los agentes facultados». Estos funcionarios, establece la normativa, serán los miembros de los cuerpos policiales «autorizados» en funciones de Policía judicial, los agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y el personal adscrito a Vigilancia Aduanera.

Las recientes instrucciones de Industria son la primera actualización del la ley de conservación de comunicaciones, que permite a las fuerzas de seguridad el acceso a numerosos datos sobre los usuarios de teléfonos móviles. Policía y Guardia Civil, explicaron mandos de la lucha antiterrorista esta semana, ya han utilizado en los últimos meses «decenas de veces» las prerrogativas que la nueva normativa permite, siempre bajo supervisión judicial.

Sin aviso previo

Según consta en los documentos entregados a las unidades operativas dedicadas a la lucha contra ETA y Al-Qaida (basados en la ley y en la reciente instrucción), los agentes pueden recabar de las operadoras de telefonía (fija y móvil) todos «los datos necesarios para rastrear e identificar el origen y destino de una comunicación», así como otras circunstancias tales como número de teléfono de llamada, duración de una llamada, fecha y hora de la llamada o todos los números marcados, entre otros muchos datos. Es decir, resume la directiva, todas las informaciones sobre llamadas de los clientes que la actual tecnología puede almacenar, a excepción de «datos que revelen el contenido de la comunicación».

Las operadoras que pasen a la autoridad policial datos de antiguos usuarios que hayan cambiado de compañía, como el resto de las informaciones obtenidas para investigaciones terroristas, tendrán prohibido comunicar a los clientes que se han entregado informaciones sobre ellos, tal y como ocurre con otros ficheros bajo el control de la Agencia de Protección de Datos.