jurisprudencia

El Constitucional invalida tres artículos de la Ley de Extranjería de Aznar por limitar derechos básicos

Condicionaba el ejercicio de los derechos de reunión, manifestación, asociación y sindicación a la regularización efectiva del inmigrante

MADRID Actualizado: Guardar
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El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales tres artículos de la Ley de Extranjería (el 7.1, el 8 y el 11.1) que limitaban a los inmigrantes sin regularizar el ejercicio de los derechos de reunión, manifestación y asociación y la libertad de sindicación.

El Alto Tribunal ha adoptado esta decisión en la sentencia, de la que sólo se ha dado a conocer el fallo, en la que resuelve el recurso de inconstitucionalidad que el Parlamento de Navarra interpuso contra varios artículos de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

En su redacción actual, el primero de ellos establece que "Los extranjeros tendrán el derecho de reunión, conforme a las leyes que lo regulan para los españoles y que podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en España".

El artículo 8 dice que "todos los extranjeros tendrán el derecho de asociación conforme a las leyes que lo regulan para los españoles y que podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en España".

Por su parte, el artículo 11.1 -que se declara inconstitucional exclusivamente respecto al derecho a sindicarse libremente- señala que "los extranjeros tendrán derecho a sindicarse libremente o a afiliarse a una organización profesional, en las mismas condiciones que los trabajadores españoles, que podrán ejercer cuando obtengan autorización de estancia o residencia en España".

Inconstitucional el término "residente"

El Alto Tribunal también ha declarado "inconstitucional y nula" la inclusión del término "residentes" en otros dos artículos de la Ley de Extranjería, el 9.3 y el 22.2, referidos al derecho a la educación no obligatoria y a la asistencia jurídica gratuita, respectivamente.

El primero señala que "los extranjeros residentes tendrán derecho a la educación de naturaleza no obligatoria en las mismas condiciones que los españoles".

El otro dice que "los extranjeros residentes que acrediten insuficiencia de recursos económicos para litigar tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita en iguales condiciones que los españoles en los procesos en los que sean parte, cualquiera que sea la jurisdicción en la que se sigan".

La sentencia, de la que ha sido ponente la presidenta del Constitucional , María Emilia Casas, y que se notificará próximamente, ha recibido tres votos particulares.

El PSOE exige explicaciones

El PSOE exige al Partido Popular "que dé una explicación" a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional por la que se declara la inconstitucionalidad de parte de la Ley de Extranjería impulsada por el Gobierno de José María Aznar, según fuentes socialistas.

Las mismas fuentes han asegurado que el Grupo Socialista (formación que presentó un recurso de inconstitucionalidad, junto al Parlamento de Navarra) intentó pactar esta norma con el PP, si bien este último grupo no aceptó sus "advertencias".

Los socialistas aseguran que "avisaron" al PP "en público y en privado" de que el el proyecto que estaban realizando vulneraba preceptos de la Constitución", en materia de derechos de reunión, asociación y sindicación.