POLÉMICA

Estudian limitar el tiempo de anuncios sexuales en televisión

SEVILLA Actualizado: Guardar
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El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha abierto un periodo de consultas sobre la instrucción que ultima para limitar la «abundante» oferta en televisiones locales de telechats y de publicidad ofreciendo o demandando contactos personales y sexuales.

En una nota, el CAA apuntó que la iniciativa se ha adoptado tras constatar «la creciente difusión» de este tipo de publicidad a través de servicios de tarificación adicional --números 803 y 806-- y de mensajes sms insertados en la programación.

En este sentido, la institución andaluza considera que «la ausencia de regulación expresa, la indefinición jurídica de dichos contenidos televisivos y la protección de un derecho fundamental como el de la libertad de expresión no pueden suponer que estas prácticas, que constituyen una importante fuente de ingresos para las televisiones y las empresas de telecomunicaciones, queden al margen de los límites que establece la legislación española y comunitaria para proteger a los telespectadores, especialmente a los menores de edad».

Fenómeno creciente

Así, indicó que la difusión en televisión de mensajes cortos de textos enviados a través de servicios de tarificación adicional y la oferta de múltiples servicios mediante teléfonos de tarificación adicional es «una práctica creciente y no exenta de controversia» que, según el CAA, requiere «un importante esfuerzo de coordinación y control para proteger los derechos de los consumidores y usuarios en general y, en particular, de los colectivos más vulnerables, como pueden ser los menores, personas de avanzada edad y personas con discapacidades».

En este sentido, añadió que, a menudo, resulta «difícil» distinguir el carácter comercial de esta comunicación y diferenciarla de otros servicios gratuitos que puede ofrecer la televisión para propiciar la participación.

El Consejo Audiovisual , apelando a la jurisprudencia comunitaria de obligada observancia para los Estados miembros, manifestó que sostiene que los programas que incluyen publicidad o chats a través de ‘sms’ responden al concepto de televenta y están, por tanto, sujetos a las limitaciones que establece la Ley de Televisión sin Fronteras sobre tiempo de emisión y la obligatoriedad de su identificación.