Hacienda publicará los nombres de los morosos que deban más de un millón al fisco

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Más vale tarde que nunca. Es lo que habrán pensado este lunes los más entusiastas en la lucha contra el fraude fiscal tras comprobar que, un año y después de anunciarlo, el Gobierno ha puesto negro sobre blanco su pretensión de publicar la lista de los morosos con Hacienda, tanto ciudadanos particulares como empresas, aunque sólo sacará a la luz los nombres de aquellos que deban más de un millón de euros. Esta novedad normativa, que ya se practica desde hace años en otros países de la UE como Reino Unido e Irlanda, viene recogida en el anteproyecto que viene a modificar varios puntos de la Ley General Tributaria (LGT) aprobada en diciembre de 2003.

Finalmente, la Agencia Tributaria ha limitado el alcance de una medida que el propio ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, anunció ante el Pleno del Congreso de los Diputados el 13 de diciembre de 2012. Lo hizo en su respuesta a una pregunta de la oposición sobre las medidas del Gobierno para luchar contra el fraude fiscal, donde dejaba claro que su fin último era "recaudar más”" si bien utilizando para ello "nuevos estímulos a la regularización voluntaria". "Al final se trata de que todos paguen, no se puede decir más claro y en plata", dijo entonces.

La lista se publicará de forma periódica, aunque los plazos –se maneja la idea de que tenga una periodicidad anual- no serán decididos hasta que se apruebe el reglamento de la ley. Será ahí donde también se fije la forma y los medios en que se facilitan esos datos, así como la forma de cancelarlos –se pretende que, en el caso de internet, la información deje de ser accesible a los tres meses-. En todos los casos, además del nombre completo (de la persona o empresa), se facilitará su número de identificación fiscal (NIF).

El número de morosos fiscales afectados con esta medida, sin embargo, será menor del previsto, dado que para alcanzar esa frontera del millón de euros sólo se tendrán en cuenta las deudas en impuestos estatales; nada de tributos autonómicos o locales, dado que el Ejecutivo ha preferido no entablar una negociación con estas administraciones al respecto para no complicar más la publicación de alguna lista que, según algunos juristas, podría llegar a ser recurrida ante los tribunales si se entiende que vulnera la normativa vigente sobre protección de datos personales.

Además, tampoco se estimarán las deudas que estén aplazadas o suspendidas y, además, tendrá que haber transcurrido más de un año desde que finalizó el plazo legal para sus ingresos. Los defraudadores tendrán un mes para recurrir su inclusión en esa lista -Hacienda quiere hacer una similar con los denominados paraísos fiscales, tomando para ello criterios más restrictivos que los de la OCDE (no bastará con firmar un acuerdo bilateral si luego no se cumple)-, así como corregir los datos que sean erróneos, de manera que habría una primera lista provisional y luego otra segunda definitiva donde quedarían especificados los cambios que se han introducido.

Más tiempo para investigar

De otro lado, Hacienda también modificará la LGT actual para ampliar en seis meses el plazo general de inspección –ahora limitado a un año– y también el de los procedimientos especiales –que pasa de 24 a 27 meses. En la misma línea, elimina los plazos de prescripción para investigar posibles irregularidades en el cómputo de los llamados créditos fiscales –que, conforme a su cuantía, permiten reducir después las cantidades que se deben pagar por impuestos- por las empresas, así como también para realizar pesquisas en los casos en que se presuma la existencia de un delito contra la Administración Tributaria.