Valencia

Condenado a dos años de cárcel por entrar en el correo de su expareja y revelar datos comprometidos

El acusado se enteró al acceder a la cuenta de que la víctima mantenía una relación paralela con otro hombre

MADRID Actualizado: Guardar
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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia condenó este jueves a Francisco Javier González García a cumplir dos años de prisión y al pago de 6.000 euros por entrar en el correo electrónico de su expareja, revelar datos a conocidos y amigos, y manipular los contenidos, según recoge la sentencia.

El acusado mantuvo una relación sentimental con la víctima desde 2004 a 2006. Cuando se acabó conservaron la amistad hasta que González cambió de residencia y la relación se terminó definitivamente. A partir de ese momento, la víctima empezó a recibir amenazas por parte del acusado que, para llevarlas a cabo, consiguió acceder a las cuentas de correo electrónico de su expareja, sin que esta lo supiera, y cambió las contraseñas, de manera que solo él pudiera entrar en el correo.

Con la lectura de los mensajes que la víctima conservaba en sus cuentas, el acusado tuvo conocimiento de las relaciones que su expareja había mantenido con otros hombres. Con el objetivo de que todos los contactos de la víctima, entre los que estaban amistades y relaciones profesionales, se enteraran de estos hechos, el acusado, según explica la resolución, creó una nueva cuenta desde la que reenvió los correos, en algunos casos íntegros y en otros manipulados. En ellos, la víctima hablaba de sus amigos y de las relaciones sexuales que mantenía con alguno de ellos a la vez que continuaba su relación sentimental con el condenado.

6.000 euros por daños morales

El tribunal valenciano estimó parcialmente los recursos presentados por ambas partes. Los magistrados rechazaron los argumentos con los que la defensa trataba de justificar que González actuó de esa manera por sentirse traicionado por su expareja. La resolución también deniega la reclamación de la víctima para que la condena se ampliase a un delito de coacciones.

Por el contrario, y aunque la jueza de instancia no lo contempló, la sentencia aceptó que la víctima fuese indemnizada con 6.000 euros por la ansiedad y los desordenes gástricos que sufrió con la venganza, y por haber afectado de manera grave a su vida social.