Acosta y Andrades (a ambos lados) durante la celebración del juicio. :: CRISTÓBAL
Ciudadanos

Los artífices del producto 'milagro' contra el cáncer irán a la cárcel cuatro años por estafa

El juez reconoce que sus creadores se valieron del engaño y el intrusismo profesional para vender una sustancia «inocua»

JEREZ. Actualizado: Guardar
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El engaño de Juan Manuel Acosta y Luis Andrades acabó cayendo por su propio peso. Era demasiado bonito para ser verdad, y al final la Justicia ha determinado que el producto 'milagroso' presentado por ambos como remedio contra el cáncer, entre otras patologías graves, resultó ser toda una farsa. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Jerez les ha condenado a la pena de cuatro años de prisión por un delito continuado de estafa, a una multa de 1.800 euros por cabeza y a seis meses de cárcel por un delito de intrusismo profesional. A sus colaboradores, los doctores Emilio de la Rosa y Rafael Quintanilla, les impone una condena de un año y nueve meses y un año y seis meses de prisión, respectivamente, como cómplices del delito de estafa, además de la multa de 1.800 euros, como en el caso de los otros dos. La Audiencia, sin embargo, absuelve a Rocío Andrades, hermana de uno de los cabecillas de la trama, al considerar que no ha quedado probado que participara en los hechos.

A los cuatro condenados se les obliga a indemnizar a las nueve familias afectadas con la cifra total de 108.000 euros, un 90% de los cuales deberán ser abonados por Acosta y Andrades, en concepto de principales responsables, y el resto por los dos médicos involucrados. Como consta en la sentencia, a la que LA VOZ ha tenido acceso, se considera probado que a principios de 2004 las dos personas mencionadas se pusieron de acuerdo para enriquecerse de manera ilícita, haciéndose pasar por científicos renombrados y expertos en tratamientos contra el cáncer y otras enfermedades.

Aparente solvencia

Así, contactaban con posibles clientes ante los que manifestaban circunstancias que no eran reales y les hablaban de la teoría del Acobiomol, de la que procedía el producto que pusieron a la venta denominado Neovit y que ambos elaboraban en el garaje de la casa de Acosta. «Para vencer las dudas de los pacientes -explica el juez en el fallo-, aparentando ambos solvencia profesional en medicina, mostraban un documento bajo el nombre 'Informe Cáncer' firmado por Acosta».

Luego constituyeron la sociedad Acolan, S. L, con la finalidad de comercializar productos derivados de la mencionada teoría. A continuación, en la sentencia se relata cómo ambos, con la colaboración en algunos casos de De la Rosa y Quintanilla, establecieron contratos con los afectados que «acuciados por la desesperación que les suponía no encontrar remedio», les pagaron importantes sumas de dinero.

La esencia delictiva de todo el proceso radica en una conducta engañosa y suficientemente convincente, aderezada con una documentación e incluso una apariencia profesional totalmente falsa con las que consiguieron vender un supuesto medicamento que en realidad era inocuo.

Es por esto último precisamente por lo que la Audiencia ha desestimado la imputación del delito contra la salud pública que solicitaban la acusación particular y la Fiscalía.