Facua considera que el Ayuntamiento de Sevilla redujo indebidamente la categoría de riesgo de Magrudis

La organización de consumidores pide al Ayuntamiento que aclare la situación

El portavoz de Facua, Rubén Sánchez JUAN FLORES

ABC

FACUA-Consumidores en Acción considera que el Ayuntamiento de Sevilla redujo indebidamente la categoría de riesgo de Magrudis (La Mechá) en julio de 2017 al nivel C, lo que provocó que el plazo para la siguiente inspección fuese de dieciocho meses en lugar de los seis o doce que se establecen para las dos categorías de riesgo superior, A y B.

Un análisis realizado por FACUA sobre la documentación que le ha facilitado el propio Ayuntamiento pone de manifiesto que en la inspección por la que se visitó la fábrica de Magrudis a mediados de 2017 se consideró que la empresa había dejado de distribuir sus productos en una «escala superior a la localidad (Dentro Distrito Sanitario)», como determinó durante la visita anterior, de noviembre de 2016, y que ya sólo lo hacía a «escala local (Municipio)». Ambos controles fueron realizados por la misma inspectora municipal.

El administrador único de la empresa responsable del brote de listeriosis , Sandro José Marín Rodríguez, declaró al programa de Canal Sur Televisión Andalucía Directo el pasado 16 de agosto que distribuían sus productos «por toda Andalucía». Posteriormente, la documentación revisada por la Consejería de Salud puso de manifiesto que lo estaban haciendo a escala nacional, dice Facua.

Pide aclaraciones al Ayuntamiento

FACUA asegura que espera que el Ayuntamiento de Sevilla aclare bajo qué criterio decidió la Inspección municipal en julio de 2017 que los productos de Magrudis habían dejado de distribuirse en otras localidades de la provincia. Esto provocó, dice la organización de consumidores, que al rellenar el «Modelo de evaluación para la clasificación de los establecimientos alimentarios en base al riesgo», la inspectora determinase que el «riesgo potencial» en función del «riesgo para los consumidores» según el ámbito de distribución se evaluase con 5 puntos en lugar de los 10 que se le asignaron en la visita anterior.

La puntuación total que se le asignó a Magrudis en la inspección de julio de 2017 fue de 70 puntos , lo que provocó que pasara a la categoría de riesgo C. Si se hubiera mantenido el Distrito Sanitario -la provincia y no sólo la capital- como su ámbito de distribución, la puntuación total habría sido de 75 puntos, lo que habría implicado que se clasificara con la categoría de riesgo B. Y con ello, la siguiente inspección tendría que haberse realizado a los 12 meses, en julio de 2018. Y de no haberse cumplido el plazo por la «flexibilidad» que toleran los planes inspectores, la visita tendría que haberse efectuado, de manera prioritaria, a comienzos de 2019.

Tras la visita de julio de 2017, la Inspección Muncipal no regresó a la fábrica de Magrudis hasta agosto de 2019, como consecuencia de la alerta alimentaria.

Los planes inspectores

Los planes inspectores de la Consejería de Salud sobre empresas alimentarias se aprueban en desarrollo de la Ley de Seguridad Alimentaria de 2011 y permiten «flexibilidad» en los plazos en los que las autoridades sanitarias tienen que realizarlas. Eso sí, aunque no aclaran hasta dónde llega esa flexibilidad , sí establecen que a comienzos de cada año deben efectuarse, de manera prioritaria, controles sobre los establecimientos que no hubieran sido visitados en el ejercicio anterior.

Al haber reducido el nivel de riesgo, a la inspección de julio de 2017 tendría que haberle seguido otra en enero de 2019, aunque con la flexibilidad q ue permite la norma este plazo podía demorarse . Esa reducción del riesgo provocó que el Ayuntamiento no tuviese que asumir la obligación, establecida en el plan autonómico, de visitar Magrudis a comienzos de 2019 de manera prioritaria por no haberlo hecho en 2018, ya que ese año no estaba prevista ninguna inspección a la empresa.

Si la Inspección municipal no hubiese reducido el nivel de riesgo a la categoría C y lo hubiera hecho a la B, la periodicidad —flexible— de sus inspecciones hubiera sido de 12 meses . Esto habría implicado que la siguiente visita tendría que haberse hecho en julio de 2018. Y de no haberse hecho en esa fecha ni en los siguientes meses del año pasado, a comienzos de 2019 debería haberse efectuado la inspección de manera prioritaria.

La Instrucción 118-2021 de la Consejería de Salud establece el Procedimiento para la clasificación de los establecimientos alimentarios en base al rtesgo en Andalucía. Lo hace sobre la base de cuatro parámetros en cada uno de los cuáles se valoran distintos elementos y se le otorga una puntuación a la empresa. Estos parámetros son el riesgo potencial: asociado al tipo de alimento, la actividad de la empresa y el riesgo a los consumidores; el nivel de cumplimiento in situ de los requisitos legales; la confianza en la gestión de la empresa a través de su sistema de autocontrol; y el historial de la empresa.

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