¿Me pueden despedir si pido la baja por regla? ¿Me lo pueden preguntar en una entrevista de trabajo?

Abogados laboralistas responden a las dudas más frecuentes que ha suscitado el nuevo permiso que articula el Estado para las menstruaciones más dolorosas

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ABC

E. M.

La regla incapacitante y muy dolorosa limita a las mujeres los días que la sufren. Los cálculos de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia son que esos dolores extremos (la dismenorrea, que puede aparecer entre uno y tres días antes de la menstruación) la sufre una de cada tres mujeres en edad fértil; una de cada diez mujeres si tenemos en cuenta a toda la población femenina.

Será un médico de cabecera quien, tras la certificación del estado de la mujer, otorgará esa baja médica para que el Estado sufrague el 100% de esta incapacidad temporal especial, distinta a cualesquiera otra. Las preguntas que ha suscitado este permiso entre las mujeres han sido muchas:

1-. ¿Pueden despedirme por tener una regla dolorosa?

La respuesta que realizan los abogados laboralistas es que, sin duda, no. Sería motivo de un despido discriminatorio y comporta la reincorporación al trabajo, en forma y sueldo, inmediata de la mujer despedida por esta causa.

2-. ¿Es normal que me pregunten en una entrevista de trabajo si tengo una regla muy extrema?

No, es del todo anormal, incluso vulnera el principio de intimidad de la mujer. Es una situación similar a que le preguntan a un hombre o a una mujer si padece otras enfermedades, a menos que sea una actividad laboral de riesgo para llevar a cabo determinadas prácticas. La pregunta no procede y se puede responder con una evasiva, o simplemente, incluso asistida por la legitimidad de mentir, dicen los expertos laboralistas.

3-. ¿Pierdo salario si pido esa baja mensual?

La regla se tiene una vez al mes , durante muchos años de edad fértil de la mujer, así que hay muchas mujeres preocupadas por el hecho de perder una parte del salario si le concede el médico la baja por regla incapacitante. La negociación del Ministerio de Igualdad con el resto del Gobierno se debía a que no se podía asumir que fuesen las empresas quienes repercutiesen la pérdida de esos días laborales, ni tampoco la propia mujer con su salario. Así que, a diferencia de otras bajas temporales, que comienzan a abonarse a partir del tercer día (con la pérdida de esa parte retributiva correspondiente), esta baja será sufragada por el Estado por entero , al 100%, desde el primer día y sin límite de días. Solo el estado de salud de la mujer determinará cuántas jornadas se mantiene sin trabajar.

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