La mascarilla será obligatoria aún en el transporte público, centros sanitarios, asilos y prisiones

El decreto levanta la obligación con carácter general en los centros de trabajo, pero los servicios de prevención laboral de las empresas pueden recomendar llevarlas

«Me preocupa que las retiren justo ahora, cuando los expertos auguran un aumento de los contagios»

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El Gobierno ha dado ya el penúltimo paso hacia la normalidad al eliminar casi por completo la obligación de usar mascarillas en interiores. El primer Consejo de Ministros tras las vacaciones de Semana Santa ha aprobado el real decreto por el que se modifica el uso del protector que nos han acompañado durante casi toda la crisis sanitaria del Covid . Este documento, al que ha tenido acceso ABC , recomienda (no exige) a todas las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección seguir llevándola «en cualquier situación en la que tenga contacto prolongado con personas a una distancia menor de 1,5 metros». Y, como norma general, elimina la obligación de llevarla en cualquier espacio cerrado para toda la población mayor de 6 años. Solo se mantiene en muy pocos supuestos: « Los lugares donde se puede producir un impacto mayor en caso de transmisión, como son los centros sanitarios, sociosanitarios o el transporte público », tal y como habían recomendado los expertos en Salud Pública. Pero incluso en estas situaciones se permiten excepciones.

El decreto deja también en el aire algunas situaciones, como su uso en el interior de las empresas. Serán los servicios de prevención de riesgos laborales los que tengan la última palabra, aunque el decreto no considera obligatorio llevarla en los centros de trabajo. Estos son los cambios que vienen y las dudas que deja el nuevo manual de uso de mascarillas del Gobierno:

Centros sanitarios: hospitales, centros de salud y farmacias

La mascarilla será de uso obligatorio en los centros sanitarios asistenciales. Esto afecta a hospitales, clínicas y centros de salud donde se atienden pacientes. Pero solo deberán usarlas los trabajadores y los visitantes. Los enfermos ingresados solo deberán llevarla cuando estén en zonas comunes, no en su habitación. El borrador del real decreto no dejaba claro si habrá que taparse la boca para entrar en una farmacia, aunque los farmacéuticos lo habían solicitado y la ministra de Sanidad ha confirmado finalmente que será obligatorio. El documento inicial solo lo recogía como una recomendación. «Deben considerarse de manera especial los llamados establecimientos sanitarios (que incluyen, entre otros a las oficinas de farmacia) a los que pueden acudir con más frecuencia personas vulnerables».

Instituciones cerradas: residencias de mayores y prisiones

Residencias de mayores, centros de personas con discapacidad, residencias de menores o instituciones penitenciarias se consideran zonas de riesgo, con alta probabilidad de transmisión y riesgo de brotes. Sin embargo, se ha considerado que dado que la institución es el domicilio de las personas que allí residen, el uso de la mascarilla afectaría a su bienestar. Solo será obligatorio para los trabajadores y visitantes «que pueden ser los agentes que introduzcan el virus» .

Medios de transporte

En el transporte público no se hace ninguna excepción. Ni para usuarios ni para trabajadores, aunque solo durante el viaje. Los mayores de 6 años están obligados a taparse nariz y boca mientras dure el trayecto ya sea «en transporte aéreo, en autobús, ferrocarril o teleférico». No será necesario llevarla en los andenes del metro o ferrocarril y tampoco en las instalaciones del aeropuerto o en los muellos. Solo se exigirá durante el trayecto de avión, barco, metro o tren. También será obligatorio en taxi o servicios VTC, tipo Uber o Cabify. «Será obligatorio llevar mascarilla en transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio». Y en espacios cerrados de embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad, salvo grupos de convivientes.

Las mascarillas serán obligatorias en todos los transportes públicos Guillermo Navarro

El documento que regula el nuevo uso de la mascarilla no obliga a llevarla en el puesto de trabajo. Como regla general no será necesario. Aunque el Gobierno deja en manos de los servicios de prevención de riesgos laborales de cada empresa y en base a la evaluación de los riesgos del puesto. Sí la recomienda «siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada al espacio».

Centros educativos: al fin se eliminan de las aulas

Cataluña se adelanta a este decreto y desde este martes ya no se exigen en las aulas. El resto de alumnos de España esperarán al próximo miércoles con la aprobación de esta norma. Se justifica su retirada porque, en la situación actual, «puede ser beneficioso para los alumnos».

Zonas de uso público: centros comerciales, museos, cines...

El Gobierno nos da luz verde para quitarnos la mascarilla en todos los espacios cerrados de uso público por donde deambulamos, como los comercios (tiendas, grandes centros comericales), los museos, cines y teatros. Aunque se vuelve a insistir en el uso responsable en estos espacios cerrados en los que se está sin comer ni beber. Ese «uso responsable» significa que las personas vulnerables la lleven, así como aquellos que tienen síntomas de Covid o creen que han podido contagiarse.

Adiós al paripé: bares, discotecas y restaurantes

El nuevo manual de uso pone fin al paripé que hemos mantenido durante toda la pandemia. Esa norma absurda que te obligaba a llevar la mascarilla para cruzar el umbral de un bar y quitártela en el mismo instante en que te servían la bebida o la comida. Ya no será obligatoria llevarla en ningún momento, tampoco en las discotecas. Aunque el Gobierno insiste de nuevo en hacer un uso responsable de ella, tal y como aconseja en cines, centros comerciales o salas de concierto.

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