Este es el único supuesto en el que un colegio puede obligar a sus alumnos a utilizar la mascarilla

Desde este miércoles, en España solo es obligatorio cubrirse boca y nariz en tres casos muy concretos

Todas las dudas legales que rodean el fin de la mascarilla

Los tres únicos casos en los que el BOE establece que la mascarilla sigue siendo obligatoria en interiores

Una alumna con su mascarilla quirúrgica en el brazo durante una clase EP / Vídeo: Atlas

N. Mira

No dejó ningún lugar a dudas la ministra de Sanidad, Carolina Darias, cuando este martes explicó cómo quedaría regulado el uso de la mascarilla en el ámbito educativo : «En ningún caso será exigible en este contexto». Lo dijo tras la aprobación en el Consejo de Ministros del real decreto que finaliza con el que probablemente es el mayor símbolo de la pandemia .

Según explicó la ministra, los niños han sufrido con mucha menos virulencia el efecto del coronavirus, y obligarlos a cubrirse la boca a ellos y a sus compañeros y profesores supone realmente un retraso en su educación , sobre todo en las etapas más tempranas.

Sin embargo, este miércoles, tras la entrada en vigor de la nueva norma en el BOE , aún quedan dudas sobre si en los colegios se debe o no seguir utilizando la mascarilla. La norma no deja tampoco lugar a dudas: solo debe utilizarse por trabajadores sociosanitarios, por los visitantes a estos centros y en medios de transporte. Pero en los colegios y centros de idiomas que trabajan con niños parece que aún reinan las dudas sobre el fin de la mascarilla.

En cualquier caso, desde los centros escolares públicos solo se puede obligar a los alumnos a cubrirse la boca cuando se encuentran dentro del transporte escolar : ni ellos ni sus profesores tienen que llevarla en el aula; la norma del Ministerio está por encima de lo que pueda ordenar cualquier consejería autonómica.

«Desde la dirección del centro, os informo de que, por ahora, se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla en el interior del edificio hasta que, a raíz de la publicación del nuevo decreto, la Consejería de Educación, competente en el ámbito andaluz, nos dé instrucciones distintas a las que actualmente están vigentes en nuestro protocolo de actuación», escribía el director de un instituto andaluz, donde este miércoles seguían utilizando la mascarilla todos los alumnos, a pesar de que ya no debería exigirse.

Otra cosa es en los centros que no son públicos, que si su servicio de riesgos laborales justifica la necesidad de utilizar esta prenda entre sus trabajadores en función del riesgo sí que podría exigirse. Por ejemplo, una empresa subcontratada que proporcione los servicios para el comedor de un colegio sí que podría obligar a sus trabajadores, aunque debería estar muy justificado el riesgo de contagio. Al igual sucede con los profesores de los centros privados o concertados: se debería argumentar que existe un verdadero riesgo e imponérsela, pero nunca a los alumnos.

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