El DOG publica este miércoles instrucciones para aplicar el nuevo decreto de viviendas turísticas
El DOG publica este miércoles instrucciones para aplicar el nuevo decreto de viviendas turísticas - MIGUEL MUÑIZ

Entra en vigor la nueva regulación para alquilar viviendas por Airbnb

Turismo confía en que sus alegaciones hagan rectificar el rechazo de Competencia al decreto

Santiago Actualizado: Guardar
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El alquiler de viviendas a través de plataformas como Airbnb, que permite a particulares ofrecer sus casas a turistas a cambio de una contraprestación económica, está regulado desde hoy miércoles en Galicia. El decreto con el que la Xunta busca ordenar esta nueva realidad entra en vigor a expensas de que el Gobierno autonómico envíe sus alegaciones a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que requirió recientemente modificar la normativa al considerar que algunos artículos vulneran preceptos mayores. El departamento de Turismo ultima su respuesta, que presentará antes del 17 de mayo. Confían en que este trámite sirva para solventar las discrepancias sobre «interpretaciones» y evitar que el enfrentamiento termine en el juzgado.

Con el fin de facilitar al máximo la aplicación de la nueva norma, el Diario Oficial de Galicia (DOG), la web de Turismo de Galicia y el portal de Transparencia de la Xunta publican una instrucción [pdf]

«para promover la unidad de criterio y fomentar la seguridad» entre los empleados públicos que deberán aplicar el decreto y de cara a los ciudadanos que realizan estos intercambios. En ella se recuerdan aspectos relevantes que centran las advertencias de Competencia. En primer lugar, que «la cesión de las viviendas de uso turístico tiene que ser en su totalidad», no por habitaciones. Y respecto a las limitaciones que pueden establecer los ayuntamientos, detalla en qué materias son competentes.

Aclara también Turismo que en las tradicionales viviendas y apartamentos turísticos, a los que muchos veraneantes recurren para alojarse en la costa, el tiempo de ocupación continuado no podrá exceder los tres meses. En aquellos casos que se supere, estarán sometidos a normativas de arrendamientos o similares, pero no al nuevo decreto que comienza a operar.

Enriquecimiento de la oferta

El decreto no prohibe el uso de plataformas como Airbnb, pues la instrucción remarca que la actividad se puede continuar «de manera inmediata», tan solo es necesario efectuar una declaración responsable con la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Galicia. De esa forma, la administración dispondrá de un censo que permita calibrar una realidad hasta ahora difícil de cuantificar al encontrarse en un limbo legal.

La Xunta aspira a contabilizarlo dentro de las estadísticas de ocupación y lo considera una «oportunidad» incluso para tener en cuenta estas cifras al publicitar el número de plazas de un concello concreto ante touroperadores o en webs antes vetadas. Como ejemplos apuntan a Cortegada (Orense), con un balneario, pero sin hotel para dormir; o a Baiona, donde la oferta resulta insuficiente. Defienden que el decreto respalda a turistas y a propietarios ante cualquier contratiempo que surja en la relación entre ambos.

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