Pisos en venta en Alicante
Pisos en venta en Alicante - JUAN CARLOS SOLER

El juez que elevó al TC la plusvalía municipal pone en duda que esta se vaya a devolver «inmediatamente»

Carlos Coello cree la devolución conlleva problemas procesales y relativos al cálculo mediante el sistema de estimación objetiva

Madrid Actualizado: Guardar
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El magistrado-juez de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, Carlos Coello, que planteó la cuestión de constitucionalidad sobre el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, ve «exagerado» que se vaya a poder devolver «inmediatamente» las cantidades indebidamente abonadas por ese gravamen.

Así lo ha señalado durante su intervención en un encuentro organizado por la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) para analizar el impuesto sobre plusvalía municipal y la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 16 de febrero que anuló dicho gravamen en la venta de inmuebles con pérdidas.

Coello ha indicado que los titulares periodísticos en los que se hablaba de que se procedería a devolver la plusvalía inmediatamente tras la sentencia constituyó una noticia «algo exagerada», ya que la devolución conlleva problemas procesales y relativos al cálculo mediante el sistema de estimación objetiva, entre otros.

El juez ha explicado que la elevación de la cuestión de la plusvalía municipal al Tribunal Constitucional estuvo motivada por las tres líneas interpretativas jurisprudenciales existentes hasta entonces en diversos tribunales, que pasaban por entender que la Ley de Haciendas Locales y las normas forales establecían un criterio de fijación, otra que entendía que si se acreditaba la no concurrencia del incremento del valor había un supuesto de no sujeción y una tercera relativa al nuevo sistema de cálculo de la estimación.

Asimismo, ha dicho que las sentencias han dejado un «sabor agridulce» en lo que respecta a la acreditación de los valores ante los tribunales, a pesar de que declare inconstitucional la plusvalía municipal en los supuestos de inmuebles con pérdidas.

En cualquier caso, ha recordado que un auto del pasado 1 de marzo venía a reconocer la posibilidad de impugnación directa de los valores catastrales, lo que puede dejar una «espina abierta» sobre esa alternativa.

Los expertos han explicado durante el encuentro que la normativa declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional es la que contiene la norma foral que regula el impuesto sobre la plusvalía en Guipúzcoa, idéntica a los artículos 104 y 107 de la Ley de Haciendas Locales, de forma que el pronunciamiento del Constitucional obliga a modificar la normativa estatal además de la foral.

De hecho, el Tribunal Constitucional tiene actualmente pendientes varias cuestiones de inconstitucionalidad en relación a la legislación estatal que serán resueltas conforme a la doctrina fijada por la norma vasca, declarada inconstitucional por unanimidad.

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