Los diez puntos imprescindibles de la primera ley de Desperdicio Alimentario de España

La norma aprobada este lunes en Consejo de Ministros intenta atajar la pérdida de alimentos en toda la cadena: desde la cosecha hasta el consumo en los hogares. Establece sanciones para quien no cumpla desde los 6.001 hasta los 150.000 euros

Los restaurantes y establecimientos de hostelería deberán donar el excedente a bancos de alimentos ABC / Vídeo: Claves del anteproyecto de ley contra el desperdicio alimentario - EP

S. S.

En España se tiran alrededor de 1.364 toneladas de comida al año. Una cantidad que el Gobierno quiere reducir con la aprobación de la que será la primera ley contra el desperdicio alimentario . Una norma que se sustenta en la donación de comida no consumida por parte de los bares y restaurantes y en exigirá a las tiendas realizar promociones específicas sobre los productos cuya fecha de caducidad esté próxima a vencer . A continuación desgranamos los diez puntos clave de la ley contra el Desperdicio Alimentario:

1-. ¿Por qué se aprueba la primera ley en España contra el desperdicio alimentario? Porque tres de cada cuatro hogares españoles lo desperdician y se tiran anualmente a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos. Salimos a 31 kilos/litros por persona (datos de 2020).

2-. ¿Con qué objetivo? Reducir a la mitad el desperdicio de alimentos per cápita en el mundo, uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones Unidas. Es un «imperativo ético» para todos los Estados.

3-. ¿Cómo lo regula? La ley de Agricultura consta de 15 artículos, repartidos en cinco capítulos, cautro disposiciones finales y una adicional, para establecer el código de buenas prácticas en toda la cadena alimentaria. Todos los agentes de esa cadena deberán donar a empresas sin ánimo de lucro o bancos de alimentos los excedentes de stock y el desperdicio; para lo que las industrias, comercios y restaurantes deberán suscribir convenios con las organizaciones receptoras. Donantes y receptores deben tener un sistema de trazabilidad de los productos donados, donde se especifique la entrada y salida de los mismos.

4-. Los alimentos no vendidos pero que estén en condiciones óptimas de consumo deberán ser transformados en zumos y mermeladas.

5-. Cuando los alimentos no vendidos no sean aptos para el consumo humano, deben ser utilizados para subproductos para la alimentación animal, fabricación de piensos, obtención de compost de calidad, biogás u otro tipo de combustible.

6-. El Gobierno obliga a las tiendas a disponer de un lineal con los productos con fecha de consumo preferente vencida, presentados de manera separada y diferenciados del resto, con precios inferiores, o destinarse directamente desde el supermercado a la donación . La norma prevé que las empresas distribuidoras deben inventivar la venta de productos con fecha de consumo preferente o caducidad próxima. Los establecimientos d eventa al por menor con una superficie que fijará cada autonomía pero que nunca será inferior a 400 metros cuadrados deben fomentar esas líneas de venta de productos considerados 'feos', 'imperfectos' o 'poco estéticos' y que se puedan consumir . También deben incentivar la venta de alimentos de temporada, económicos, a granel y de proximidad. El Gobierno evaluará la posibilidad de poner en el mercado los productos con fecha de consumo preferente sobrepasada.

7-. Los establecimientos de hostelería tendrán que ofrecer a sus clientes la posibilidad de que se lleven, sin coste adicional, lo que no han consumido y tendrán que ser informados d eello de manera visible, preferentemente en la carta o menú. También deben aportar los túpers o envases aptos reutilizables para hacerlo.

8-. Colegios, residencias y hospitales con catering o servicio de comedor deben contar también con programas de prevención del desperdicio alimentario, tal y como rige en esta ley.

9-. Todos los agentes de la cadena alimentaria deben informar anualmente de las pérdidas alimentarias que registran.

10-. Sanciones: habrá cuatro tipo de infracciones graves, todas ellas por la no donación de alimentos . Habrá multas de entre 6.001 y 150.000 euros a quien impida la donación, no distribuya los excedentes a empresas o entidades de iniciativa social; o que las entidades receptoras no mantengan la correcta higiene para conservar y manipular los alimentos.

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