La norma fija las mismas restricciones para el tabaco y los dispositivos liberadores de nicotina
La norma fija las mismas restricciones para el tabaco y los dispositivos liberadores de nicotina - EFE

Aprobada la ley vasca que prohíbe fumar y beber en estadios y equipara tabaco con cigarrillos electrónicos

La norma, en cambio, abre la puerta a la creación de sociedades de consumo de cannabis.

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El Parlamento vasco ha aprobado en el pleno de este jueves la Ley de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias, que entre otras medidas contempla la prohibición de fumar y beber en espacios como estadios deportivos -también fumar en plazas de toros- y equipara el tabaco con los cigarrillos electrónicos. En cambio, y en contra de lo que pretendía inicialmente el Gobierno del PNV, no se prohíbe consumir alcohol en la vía pública, una circunstancia que queda en manos de los Ayuntamientos. El texto ha salido adelante con el voto favorable de todos los grupos, salvo UPyD, que ha optado por abstenerse.

Por lo que se refiere al alcohol, se prohíbe su venta y suministro a menores de 18 años, que también se protegen al quedar «blindados» centros de enseñanza y aquellos locales o centros que ofrecen servicios dirigidos preferentemente a menores de edad.

La venta y suministro también queda prohibida en instalaciones donde se celebren competiciones deportivas, al igual que en centros sanitarios, sociosanitarios y de servicios sociales. A partir de 20 grados no se podrán despachar bebidas alcohólicas en centros de enseñanza para mayores de 18, estaciones de servicio de autovías y autopistas y espacios recreativos, como parques temáticos y otros de entretenimiento y de divulgación del conocimiento.

Además, se prohíbe la «entrada y permanencia de personas menores de 16 años en establecimientos públicos cerrados que sirvan bebidas alcohólicas, tales como bares, salas de fiesta, discotecas, espectáculos o salas de recreo público y, en general, en cualesquiera lugares o establecimientos públicos en los que se venda o consuma alcohol, salvo que vayan acompañados de sus progenitores y progenitoras o personas responsables».

Alcohol en la vía pública

El Gobierno vasco había propuesto la prohibición de consumir alcohol en la vía pública, incluso a la entrada de los establecimientos de hostelería, un planteamiento tumbado durante la tramitación de la ley a iniciativa de Bildu, que ha hecho hincapié en este punto durante el debate previo a la votación. «Tenía intención de acabar con el botellón y estuvo a punto de crear un problema donde no lo había», ha indicado la parlamentaria Eva Blanco.

La portavoz «abertzale» ha añadido que cada alcalde «tiene capacidad y voluntad» de regular este punto «a su antojo». La decisión queda, así, en manos de cada Gobierno municipal. Lo que recoge la ley es que no se puede consumir alcohol en la calle «salvo en terrazas, veladores o actividades y eventos que cuenten con autorización expresa municipal».

En cuanto al consumo de tabaco, «se prohíbe fumar en todos los espacios cerrados y semicerrados de uso público, lugares accesibles al público en general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada». Esto incluye «instalaciones deportivas, incluidas las zonas anejas cerradas, semicerradas y al aire libre. En estas últimas zonas al aire libre, podrán habilitarse lugares anexos a los espacios de hostelería, que deberán estar claramente acotados y señalizados». Esto afecta a espacios como estadios deportivos y frontones. El apartado dedicado a «salas de teatro, cine y otros espectáculos públicos que se realicen en espacios cerrados o semicerrados» afectaría a plazas de toros.

De acuerdo con la ley, «se entiende por espacios semicerrados todas las zonas ubicadas fuera de un local cerrado que estén cubiertas por techumbre o paredes en más del 50 % de su superficie y no se encuentren permanentemente ventiladas por aire del exterior que permita garantizar la eliminación de humos de forma natural».

se abre la mano con las denominadas sociedades gastronómicas, cuyos miembros podrán decidir que se fume en sus locales si esta es la opción mayoritaria, siempre y cuando no haya menores. Además, en el caso de instalaciones deportivas, en las zonas al aire libre «podrán habilitarse lugares anexos a los espacios de hostelería, que deberán estar claramente acotados y señalizados».

La ley también endurece la promoción tanto de bebidas alcohólicas como de tabaco. Prevé multas desde 600 euros por la comisión de infracciones leves, hasta los 600.000 euros por infracciones muy graves. Estas pueden suponer incluso el cierre temporal, total o parcial de la actividad del centro por un periodo de dos a cinco años.

Cigarrillos electrónicos

Uno de los puntos más polémicos es el que hace referencia a los llamados cigarrillos electrónicos o «dispositivos susceptibles de liberación de nicotina». La ley determina que, por primera vez en España, se aplicará el mismo régimen que el establecido para el tabaco, lo que ha provocado la oposición frontal de diversas asociaciones. También las críticas del PP: «Equipararlo nos parece excesivo ante las posiciones científicas. Es un debate abierto, pero no queríamos vincular tan restrictivamente el uso del cigarrillo electrónico con el tabaco», ha expresado el parlamentario Carmelo Barrio.

La Asociación Nacional del Cigarrillo Electrónico (ANCE) ha manifestado su «malestar» a través de un comunicado en el que recuerda que «solo Malta equipara el cigarrillo electrónico al tabaco en toda la UE». «Euskadi toma de esta manera una vía antagónica a la normativa europea y las Leyes adoptadas por los países líderes en la lucha anti-tabáquica en la UE. Países como el Reino Unido, lejos de aplicarle la legislación del tabaco, favorecen el desarrollo y uso de los cigarrillos electrónicos como alternativa al tabaco tras descartar en un informe público de su Ministerio de Sanidad la existencia del vapeador pasivo», añade ANCE.

Para su presidente, Alejandro Rodríguez, «el Parlamento vasco ha hecho oído sordos al sector, a la comunidad médico-científica internacional y al resto de socios europeos, y ha adoptado una norma arcaica e injustificada al equiparar el cigarrillo electrónico con el tabaco. Estos productos no tienen absolutamente nada que ver».

ANCE considera que se condena «al ostracismo a los 30.000 vapeadores vascos, que se verán en inferioridad de derechos en comparación al resto de ciudadanos europeos». Estiman, por último, que la nueva ley «imposibilitará la creación de empleo impulsada por los emprendedores vascos del e-cig» y «se frenará en seco el crecimiento del 10% del sector en Euskadi previsto para 2016».

En la misma línea se ha pronunciado ANESVAP, la Asociación Nacional de Usuarios de Vaporizadores Personales. A juicio de Alberto Juan, presidente y representante en el País Vasco, «el Parlamento vasco ha sucumbido a la presión de las grandes tabaqueras y farmacéuticas (...) y ha respaldado llevar el vapeo a su terreno, cuyo interés es limitar un producto que amenaza su propio modelo de negocio».

«El País Vasco ha hecho oídos sordos a la experiencia internacional y se ha dejado llevar por presiones corporativas que anteponen el interés económico a la salud pública», ha añadido Juan. «Han ignorado a 30.000 vapeadores vascos, a quienes nos ponen en inferioridad de derechos con el resto de europeos. No lo olvidaremos», concluye.

Clubes de cannabis

Otro de los puntos polémicos de la ley es el que abre la puerta a los «clubes sociales de cannabis». La norma prevé regular estas entidades, a las que solo podrán acceder personas mayores de edad, constituidas por consumidores de dicha sustancia, aunque no entra a detallar cómo será el reglamento, que queda en el aire. Barrio ha recordado que «no procede» articular su regulación a través de esta ley, porque «su regulación corresponde al Estado», y ha vaticinado que esto supondrá un «problema».

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