Editorial ABC

¿Un prófugo representando a España?

España es un país con una legislación electoral claramente obsoleta a muchos efectos

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España es un país con una legislación electoral claramente obsoleta a muchos efectos. Pero lo que se desconocía es que además esa misma normativa pudiera ser absurda, al punto de permitir la interpretación de que un prófugo de la Justicia procesado por rebelión pueda presentarse a unas elecciones y tener derecho al sufragio pasivo. Esta es, sin ir más lejos, la interpretación que ha hecho la Fiscalía de Madrid a la hora de apoyar el recurso de Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí contra la decisión de la Junta Electoral Central de impedirles concurrir como candidatos en las elecciones europeas. La Junta excluyó a los tres fugados de las listas de la coalición llamada Lliures per Europa al considerar por mayoría que al no residir ya en España, y no poder ser inscritos en el censo electoral como residentes en su lugar de origen, no tienen derecho ni a votar ni a concurrir a las urnas.

Sin embargo, la Fiscalía recuerda que la ley vigente solo se lo impide a los condenados por sentencia judicial firme sancionados además con la privación del derecho de sufragio. Es cierto que hubo cuatro votos de la Junta Electoral favorables a esta misma tesis, y que ahora debe resolverlo un Juzgado de lo Contencioso de Madrid. Pero el precedente sería gravísimo. Sería la humillante demostración de que nuestra ley favorece al presunto delincuente, incluso si se sustrae a la acción de la Justicia después de dar un golpe contra el Estado. Además, si Puigdemont y el resto de los forajidos llegasen a ser elegidos y pudiese tomar posesión de su escaño, habría una desigualdad flagrante respecto a los políticos suspendidos o inhabilitados cautelarmente en España por su procesamiento. Sería un triunfo para Puigdemont que la dignidad de España no tiene por qué soportar.

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