Enfoque

Una pregunta a Pedro Sánchez

Los deberes del Gobierno

Juan Fernández-Miranda

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La Justicia depende de un tribunal y sus circunstancias. A los siete magistrados ya los conocemos, pero conviene tener en cuenta la necesidad de unanimidad y detenerse en la pobre legislación existente. Algunas preguntas:

1. ¿Quién descafeinó la tipificación del delito de rebelión en la reforma del Código Penal (artículo 217 del CP de 1973)? El biministro Belloch, y el presidente González, en 1995.

2. ¿Quién eliminó del Código Penal el delito de referéndum ilegal (artículo 506 bis)? El ministro Alonso y el presidente Zapatero, en 2005. Aquella medida había sido aprobada a finales de 2003 y contribuyó frenar el plan Ibarretxe.

3. ¿Quién decidió entregar la competencia sobre las cárceles a Cataluña? El ministro Barrionuevo, y el presidente González, en 1983.

4. ¿Quién decidió trasladar a los políticos independentistas presos a la cárcel de Lledoners, en Barcelona? El ministro Grande-Marlaska, y el presidente Sánchez, en 2018.

El elemento común a estas cuatro decisiones políticas es que fueron adoptadas por ejecutivos socialistas. Ahora que nos gobierna otro presidente socialista y que hay elecciones el 10 de noviembre, conviene hacer una última pregunta tras un breve preámbulo:

Dado que los políticos sediciosos (¡se acabó lo de los políticos presos!) dormirán en una cárcel catalana bajo administración de la Generalitat, es posible que vean la luz del sol antes de la cuenta. Sólo en el caso de que la autoridad penitenciaria decidiera cambiarles antes de tiempo a un régimen de semilibertad (al tercer grado) la decisión sería recurrida y acabaría en manos del Tribunal Supremo, que previsiblemente la revocaría. Pero antes de traspasar esa línea roja hay al menos tres atajos que permitiría a los sediciosos empezar a salir a la calle: un permiso regular para un fin concreto, como el de Urdangarín (artículo 117); una actividad puntual como la de los etarras arrepentidos a los que un juez permitió hace unas semanas una visita cultural en el día en Logroño (artículo 114), o permitir a un recluso en segundo grado disfrutar de beneficios propios del tercer grado (artículo 100.2). Estas tres últimas decisiones, en caso de recurso, no acabarían en el Tribunal Supremo.

Por tanto, la pregunta final es: ¿está dispuesto Pedro Sánchez, del Partido Socialista, a aplicar el artículo 155 para recuperar ya mismo la gestión de las competencias penitenciarias, de forma que las decisiones sobre el cumplimiento de condena de Junqueras y compañía no las tome un empleado de la Generalitat, sino el Ministerio del Interior?

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