Editorial ABC

Expectación por una sentencia histórica

No va a ser tan relevante la pena impuesta a los golpistas como la calificación de sus actos, planeados para subvertir el orden constitucional y declarar la independencia de Cataluña. Y eso se llama rebelión

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Tenía razón el juez Marchena cuando recordaba ayer, en los corrillos del Palacio Real, que mientras una sentencia no está firmada «todo está abierto». El mensaje del presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) fue un llamamiento a la prudencia, a la par que una muestra de malestar por la filtración de un fallo judicial según el cual los acusados por el proceso separatista de 2017 no serían condenados por rebelión, sino por sedición. Será mañana cuando el TS haga pública una sentencia cuyo fallo viene a situar a los acusados al margen del delito de rebelión, el de mayor gravedad de cuantos pesaban sobre ellos. No va a ser tan relevante la pena impuesta a los golpistas como la calificación jurídica de sus actos, planeados y ejecutados de forma indisimulada para subvertir el orden constitucional de 1978 y declarar la independencia de Cataluña. Y eso se llama rebelión en nuestro ordenamiento jurídico, no sedición. «Son reos del delito de rebelión -señala el artículo 472 del Código Penal- los que se alzaren violenta y públicamente para derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución» o para «declarar la independencia de una parte del territorio nacional».

El Supremo va a mantener en la cárcel a los principales acusados por sedición y malversación como responsables de una violencia pública y tumultuaria destinada a impedir la aplicación de las leyes y el cumplimiento de las resoluciones judiciales. Los acusados querían que se celebrara el referéndum ilegal del 1-O y no dudaron en consentir y organizar actos de violencia para impedir a comisiones judiciales y Fuerzas de Seguridad que hicieran su trabajo. Simple sedición, pues, según la Sala Segunda del Supremo. La sentencia del Alto Tribunal ha de ser acatada en su integridad, pero el precio de la unanimidad con que el juez Manuel Marchena quiso blindarla desde un principio se ha saldado con una rebaja sustancial de las expectativas generadas durante la instrucción y el juicio. Hubo algo más que un ejercicio de sedición en las jornadas que marcaron el desenlace de un proceso abiertamente separatista, concebido y aplicado como un ataque directo a nuestro orden constitucional, y será la Sala Segunda del Supremo la que a lo largo de su sentencia y de forma razonada determine mañana los argumentos que le han llevado a concluir una sentencia que, de confirmarse, pasaría por alto la rebelión que nunca ocultaron ni disimularon Carles Puigdemont y compañía.

La exclusión del delito de rebelión, si se confirmara, tendría una valoración política evidente, ajena a la Sala Segunda, en cuanto daría la razón a una Abogacía del Estado -por tanto, al Gobierno de Pedro Sánchez- que optó por cambiar de tercio penal e imponer la calificación de sedición frente a la posición defendida por la Fiscalía y la acusación popular ejercida por Vox. La rebelión contra la Constitución y la integridad de España existió en los planes de Puigdemont y Junqueras, aunque sea justo reconocer la dificultad de la Sala Segunda del Supremo para juzgar un caso, sin precedentes, que ha inaugurado la interpretación sobre delitos que se movían, hasta ahora, en el plano teórico, pero no en los repertorios de la jurisprudencia. El fallo adelantado ayer encierra también un emplazamiento al legislador, porque quizá sea necesario, a la luz de la sentencia que mañana se conozca, valorar si la legislación penal española protege adecuadamente o no el orden constitucional y la unidad nacional frente a golpistas como los juzgados en el Supremo. Lo que un juez no debe hacer es sustituir las carencias del legislador forzando la valoración de la prueba o la calificación jurídica de un delito.

La frustración que pueda generar esta sentencia no puede desalentar a quienes creen en un Estado de Derecho que en España ha funcionado com o pocos esperaban que lo hicieran. Cuando muchos pensaron que el golpe separatista se diluiría, como tantos otros pulsos, en la impunidad política del nacionalismo, la Fiscalía General del Estado, con las querellas firmadas por el recordado José Manuel Maza; el juez Llarena, con su instrucción perseverante y escrupulosa, y el tribunal presidido por Manuel Marchena, con un juicio oral digno de ser estudiado en las Facultades de Derecho -como ya sucede-, reaccionaron frente a la ilegalidad echándose a la espalda el imperio de la ley y el orden constitucional. Será mañana cuando la sentencia aclare las sombras que deja un fallo, quizás impecable en su forma, que no termina de cuadrar con el espíritu de nuestra ley.

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