Curiosidades de un auto

El auto del Tribunal Constitucional, siendo muy sensato, es también muy extraño

Juan Manuel de Prada

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Hay que agradecer a los magistrados del Tribunal Constitucional el auto que pone fin (esperemos) tanto a las triquiñuelas de Puigdemont como al despiste gubernativo. El Gobierno pretendía impedir a toda costa y en todo caso la investidura del escapista Puigdemont, que no está inhabilitado para ejercer cargo público y conserva intacto su derecho de sufragio pasivo. Sin duda, el Gobierno confundió al Tribunal Constitucional con las brigadas que capitaneaba Tom Cruise en Minority Report , encargadas de combatir el delito antes de que se hubiera perpetrado. Salta a la vista que el Gobierno pretendía un imposible que el Tribunal Constitucional -si actuase de forma igualmente impulsiva- podría haber rechazado destempladamente. Pero los magistrados del Tribunal Constitucional, después de una larguísima deliberación, decidieron adoptar una solución salomónica, estableciendo los requisitos que debe reunir la investidura de Puigdemont para ser válida.

El auto del Tribunal Constitucional, siendo muy sensato, es también muy extraño. Por un lado, resuelve conceder un plazo de diez días a las partes para que puedan presentar alegaciones, antes de decidir si admite a trámite la impugnación que solicita el Gobierno; por otro, establece unas medidas cautelares. Pero tales medidas cautelares no se establecen para garantizar el cumplimiento de la resolución (es decir, para que las partes puedan presentar alegaciones en el plazo establecido), sino para asegurarse que la sesión de investidura sea válida. Resulta muy chocante que el auto otorgue a las partes un plazo de diez días para sus alegaciones sobre la admisión a trámite de la impugnación, cuando el acto que el Gobierno pretende impugnar está previsto que se celebre en apenas dos días. Y todavía resulta más chocante que el auto resuelva una cosa y adopte medidas cautelares sobre otra distinta. Si a ello sumamos que en su escrito de impugnación el Gobierno no solicitaba la adopción de medidas cautelares, la contorsión jurídica resulta todavía más curiosa. El Tribunal Constitucional no resuelve sobre la admisión a trámite de la impugnación gubernativa y, a la vez, adopta de oficio unas medidas cautelares que no versan sobre el contenido de su resolución y que no han sido solicitadas por los interesados. Un auto, en fin, lleno de extrañas inconsecuencias que tal vez pasen inadvertidas al lego; pero que llaman mucho la atención de cualquier persona con formación jurídica.

Sin embargo, conviene subrayar que las medidas cautelares adoptadas por el Tribunal Constitucional son de una irreprochable sensatez. En realidad, dichas medidas no hacen otra cosa sino enumerar los requisitos que debe reunir la investidura de Puigdemont para resultar válida; lo que en el fondo constituye un doble tirón de orejas: a Puigdemont, que pretendía quiméricamente una investidura « telemática » sin causa de fuerza mayor que la justificase, para evitar su detención; y al Gobierno, que pretendía privar a Puigdemont de su derecho de sufragio pasivo. De Puigdemont ya sabíamos que es un Houdini del escamoteo, un incesante urdidor de fraudes legales. Pero que el Gobierno obligue al Tribunal Constitucional a estas contorsiones tan comprometedoras nos parece llamativo y altamente peligroso. El Gobierno debería dejar de comprometer y enredar a las más altas instituciones y magistraturas del Estado; sobre todo, cuando lo hace por enardecer forofismos (otra cuestión distinta es que nuestras leyes amparen al delincuente). Para saber cuáles son los requisitos de una investidura válida no hace falta meter en el guiso al Tribunal Constitucional.

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