Tribunales

Archivado el «caso Garañón», por el que Pilar de Lara imputaba al exlíder del PSdeG Gómez Besteiro

La Audiencia tumba la investigación contra el exlíder del PSdeG por la compra de su piso reprochándole a la instructora que se basara «en sospechas vanas»

Sobreesee igualmente la causa contra el exalcalde José López Orozco y otros siete acusados

Gómez Besteiro, en una imagen del día que presentó su dimisión por las imputaciones de la juez Pilar de Lara, en marzo de 2016 MIGUEL MUÑIZ

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Seis años después que la juez Pilar de Lara imputase al exlíder del PSdeG, José Ramón Gómez Besteiro, por supuestas irregularidades en la compra de su piso supuestamente vinculadas con la operación urbanística del Parque del Garañón, en Lugo, la Audiencia Provincial acaba de archivar todo el caso y darle el enésimo revolcón a la instructora, a la que reprocha que basara su investigación a Besteiro «en sospechas vanas» . De Lara le atribuía los presuntos delitos de tráfico de influencias, prevaricación, cohecho y delito contra la ordenación del territorio. Todo queda en nada, una vez más.

El auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo, con fecha de 1 de febrero y al que ha tenido acceso ABC, tumba también la investigación contra el exalcalde José López Orozco y otros siete acusados . A su juicio, las acusaciones de Pilar de Lara se construyeron «sobre meras sospechas que no alcanzan el carácter de indicios, por lo que una vez agotada la instrucción ha de dictarse un pronunciamiento de sobreseimiento provisional y archivo».

Respecto a la adquisición del piso de Besteiro, no sin cierta ironía, la Audiencia admite que «hay que partir del hecho obvio de que cualquier persona, ostente o no cargos públicos o la condición de funcionario, tiene derecho a la adquisición de una vivienda y a comprarla a aquel constructor o en aquella promoción que estime más adecuada a sus circunstancias personales». Así, afea una vez más a la juez instructora que emplee «conceptos tan imprecisos como si el edificio se vendió a bajo precio o si el investigado lo compró barato» , para concluir que «no puede decirse que no estuviese entro de los márgenes del mercado».

Entre sus argumentos para imputar a Besteiro, De Lara situaba la diferencia de fechas (un día) entre la entrega efectiva de unas cantidades indiciales al vendedor y la aparecida en el contrato privado de compra-venta, así como que este abono se hiciera con dinero en efectivo. «No puede señalarse que este mero hecho de abono en efectivo sea constitutivo de delito», apunta la Audiencia, que considera que «el relato» del exdirigente socialista «no solo es creíble sino que está avalado en documental bancaria que ha de presumirse veraz», cuando además «se comprobó mediante un exhaustivo examen patrimonial del investigado». «Ninguna imputación puede basarse en sospechas tan vanas», sintetiza.

De igual modo, también entierra «cualquier especulación sobre la tardanza» en el pago de las obras de reforma del piso «o la imputación de algún trabajo a obras distintas». «Son sospechas que no tienen cabida en el ámbito penal », cuando además «falta la explicación en la resolución de cuál fue la base del cohecho» del que se habría beneficiado Besteiro, «pues no consta el motivo por el que se ofrecería y aceptaría tal prebenda».

Infracciones administrativas, en todo caso

Los magistrados no aprecian «la trama urbanística urdida por una especie de organización o grupo criminal (...) para favorecer a determinados constructores» que De Lara decía ver en su investigación. «Este primer presupuesto carece de base suficiente para poder afirmarse aún en términos indiciarios», despachan. Además, estiman que «ningún concierto se ha acreditado entre ellos» dado que «en la mayoría de los supuestos no existe relación jerárquica alguna ni se ha acreditado indicación, presión o directriz» que derivara en la aprobación de la recalificación urbanística de la zona del Garañón.

Así, la Audiencia censura que las diligencias del Garañón iniciadas en 2009 hayan sufrido «una elefantiasis no solo en cuanto a la investigación lineal de los hechos denunciados, sino a la asunción dentro de la misma investigaicón, de cuestiones colaterales y episodios ajenos a la materia principal del procedimiento que han ido engordando la instrucción hasta hacerla, sino inabarcable, por lo menos de muy difícil estudio». Los modos de instrucción de Pilar de Lara, por enésima vez, puestos en cuestión.

Respecto del conjunto de decisiones urbanísticas que motivaban el núcleo del caso «Garañón», los magistrados entienden que «ha de huirse de la criminalización del derecho administrativo», por lo que «no toda irregularidad en ese ámbito desencadena una infracción penal». Derivada de esta interpretación, no consideran cometidos los delitos de prevaricación urbanística, cohecho, falsedad o negociación prohibida a funcionarios que se imputaban a los acusados, por más que pudieran detectarse infracciones administrativas en la tramitación de las operaciones reseñadas por la instrucción.

«En la dinámica ya indicada de criminalización de la gestión administrativa —enuncia el auto— se alza como muy grosera la valoración que efectúa la instructora respecto a la compra del edificio del Sanatorio Portela por parte del INE». Según la Audiencia, Pilar de Lara «basa la comisión de diversos delitos , exacción o fraudes ilegales, fraude en la contratación o alteración del precio de concursos y subastas públicas y malversación de caudales públicos en términos tan difusos, poco jurídicos y nada rigurosos como la falta de necesidad del INE de adquirir una nueva sede o el hecho de que le parezca elevado el precio de compra».

Pilar de Lara dictó el auto de transformación en juicio oral del «caso Garañón» el 25 de septiembre de 2019, la víspera de que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial ratificara la sanción de siete meses y un día de suspensión de sus funciones jurisdiccionales por la comisión de una falta muy grave de desatención. Esta sanción provocó la pérdida de su plaza en el Juzgado de Instrucción nº1 de Lugo , que hoy ocupa el magistrado Joaquín Brage, que ha heredado los miles de folios de las macrocausas iniciadas por su antecesora y todavía pendientes de finalización. De Lara se encuentra actualmente destinada en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº8 de Ponferrada.

El «caso Garañón» fue el inicio de la pesadilla judicial para Gómez Besteiro , que en 2016 se vio forzado a dimitir como secretario general de los socialistas gallegos después de que De Lara le imputara otros seis delitos por su gestión al frente de la Diputación de Lugo , en el marco de la denominada «Operación Pulpo». Varias piezas separadas de este supuesto entramado ya han sido archivadas por falta de sustento.

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