El régimen de Urdangarin en prisión: elección de cárcel, segundo grado y módulo de respeto

Se da por hecho que el exduque estará en una unidad separada con reos de buena conducta

El Supremo rebaja la condena a Urdangarín

EFE

L. L C.

Una vez que haya sido requerido por el juez para empezar a cumplir su pena de privación de libertad , todo condenado podrá elegir en qué prisión presentarse siempre y cuando lo haga dentro del plazo de ingreso voluntario. Lo que no garantiza que ese vaya a ser el centro en el que vaya a quedarse, aunque si no hay problema de plazas u otras razones, es muy probable que sea la cárcel que se le asigne.

Tras la condena de cinco años y diez meses a Iñaki Urdangarin, este podrá hacer uso como cualquier otro reo de esos derechos reconocidos en la Ley General Penitenciaria de 1979 y en el Reglamento penitenciario. En este sentido, se ha especulado con la posibilidad de que el marido de Doña Cristina quisiera optar por la penitenciaría en Badajoz, -elección que estaría vinculada a una hipotética mudanza de la Infanta y sus hijos a Portugal- o en su País Vasco natal, lo que facilitaría las comunicaciones con sus hermanos y madre.

Lo normal

Una vez producido el ingreso en prisión , el primer paso a efectos de cumplimiento al que se somete a todo penado es la clasificación inicial. Se lleva a cabo a partir de «un periodo obligatorio de dos meses de observación de conducta, que suelen agotarse, para determinar qué tipo de régimen corresponde a cada persona, y que en el caso de Urdangarin será con toda probabilidad el ordinario, propio del segundo grado de tratamiento» , asegura una fuente jurídica consultada. Instituciones Penitenciarias especifica que se aplica a «los penados en quienes concurren unas circunstancias personales y penitenciarias de normal convivencia, pero sin capacidad para vivir, por el momento, en semilibertad».

Existe una clasificación excepcional de primer grado, -que incluye medidas de control más restrictivas para presos inadaptados o violentos, y que por lo tanto no cabría en este supuesto-, y también una clasificación de tercer grado que prevé el régimen abierto, pero que según la fuente «no estaría justificado» aplicar al ex duque.

Propio del régimen ordinario es que los reclusos sean sometidos nada más llegar a una «separación interior» según criterios de sexo, por edad, los detenidos y presos de los condenados -y en ambos casos primarios de reincidentes- según su estado físico o mental o en función de su las necesidades de su tratamiento o los programas de intervención.

Convivencia y respeto

Surge la pregunta inevitable sobre los riesgos o represalias a las que podría exponerse Urdangarin y si para evitarlas estará dotado de algún tipo de protección especial, duda el jurista solventa recordando que es «responsabilidad del centro penitenciario garantizar la salud y la integridad física de los reclusos y no ponerle jamás en situación de peligro».

Se da por hecho que el marido de Doña Cristina -«que es primerizo, no tiene antecedentes, y cuyo historial individual familiar y social indica que es poco probable que vaya a crear problemas»- ocupará plaza en «un módulo de respeto» , esto es, una unidad integrada por internos «que han tenido acceso a ella por su conducta, con independencia de la naturaleza o la duración de su condena».

Los «módulos de respeto» están hoy implantados en todas las cárceles de España, y su finalidad es «lograr un clima de convivencia y máximo respeto entre los residentes», que se organizan en grupos para participar en la vida, las tareas y las decisiones que se adoptan en la unidad.

Iñaki Urdangarin, como cualquier otro condenado a pena de privación de libertad, no podrá pedir permiso hasta haber cumplido la cuarta parte de su condena, lo que no quiere decir que se le conceda.

Entre medias, existe la posibilidad de que este reo o cualquier otro sea trasladado de prisión. Hay que tener en cuenta que cada seis meses se revisa la clasificación penitenciaria de los reclusos y el lugar de cumplimiento y que, por encima de todo, la potestad exclusiva al respecto corresponde siempre a Instituciones Penitenciarias.

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