Iñaki Urdangarin y Diego Torres
Iñaki Urdangarin y Diego Torres - REUTERS

Urdangarin y Torres plantean 27 motivos para anular la sentencia de Nóos

El Tribunal Supremo deberá valorar a partir de ahora los argumentos de todas las partes que finalmente han recurrido el fallo de la Audiencia Provincial

Palma de Mallorca Actualizado: Guardar
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Los respectivos abogados de Iñaki Urdangarin y de Diego Torres plantearán al Tribunal Supremo diversos motivos —que suman 27 en total— por los que consideran que la sentencia del caso Nóos debería ser anulada en lo que afecta directamente a sus defendidos. Según avanza este martes el diario «Última Hora», los letrados alegarán que sus clientes sufrieron indefensión durante el juicio y también que fueron condenados sin pruebas suficientes.

Cabe recordar que el pasado viernes finalizó el plazo para que las distintas partes vinculadas al caso Nóos comunicasen oficialmente su intención de presentar un recurso de casación ante el Alto Tribunal por el fallo de esta causa. Además de Urdangarin y de Torres, anunciaron también a la Audiencia Provincial que recurrirían el Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado, la Abogacía de la Comunidad, el sindicato Manos Limpias —que ejercía la acusación popular— y el abogado del expresidente balear Jaume Matas. En el caso de Manos Limpias, dicho sindicato ha recurrido la condena en costas que le impuso el tribunal.

La sentencia del caso Nóos se hizo pública el pasado 17 de febrero. Las penas más elevadas recayeron sobre los dos creadores del Instituto Nóos. Así, Torres fue condenado a ocho años y seis meses de prisión, mientras que Urdangarin lo fue a seis años y tres meses. El fiscal Anticorrupción Pedro Horrach había solicitado en su momento 16,5 años de cárcel para el primero y 19,5 años para el marido de Doña Cristina, como presuntos autores de los delitos de prevaricación, fraude, malversación, contra la Hacienda Pública, tráfico de influencias, falsedad, estafa y blanqueo.

En el caso Nóos se intentaba dirimir, esencialmente, si hubo presuntas irregularidades en los convenios firmados por Nóos con diversas entidades públicas, si las sociedades que conformaban el grupo Nóos habrían realizado los trabajos por los que fueron contratadas y si la facturación utilizada o las condiciones laborales de los empleados fueron conformes a la ley.

Derecho de defensa

En el fallo de esta causa, las tres magistradas de la Sección Primera de la Audiencia Provincial consideraron a Urdangarin autor de los delitos de prevaricación —en concurso con falsedad y malversación—, fraude, tráfico de influencias y dos delitos contra la Hacienda Pública. En cuanto a Torres, el tribunal le consideró responsable de los delitos de prevaricación —en concurso con falsedad y malversación—, fraude, tráfico de influencias, un delito contra la Hacienda Pública y blanqueo.

En el escrito presentado ahora por el abogado de Urdangarin, Mario Pascual Vives, dicho letrado indica que aprecia contradicciones en la valoración de la prueba hecha por el tribunal y en algunos hechos que se declararon probados, como los dos delitos fiscales cometidos por Urdangarin. Pascual Vives también expondrá ante el Supremo que no se pueden considerar como continuados los delitos, argumento que de ser tenido finalmente en cuenta supondría una rebaja de la condena impuesta al marido de Doña Cristina.

Por su parte, el abogado de Torres, Manuel González Peeters, considera que la Audiencia Provincial habría vulnerado el derecho de defensa de su cliente al excluir del juicio del caso Nóos varias testificales propuestas en su momento. En caso de admitirse algunos de los argumentos citados, el Supremo podría llegar a ordenar, incluso, la repetición de la vista oral.

En la actualidad, tanto Urdangarin como Torres se encuentran en situación de libertad provisional. Cabe recordar que en la vista de medidas cautelares celebrada el pasado 23 de febrero, a petición de Horrach, el tribunal fijó que Urdangarin deberá comparecer el día 1 de cada mes ante la autoridad judicial de su actual país de residencia —Suiza— y que deberá comunicar al tribunal cualquier desplazamiento fuera de la Unión Europea o cualquier cambio de residencia, incluso temporal. Por lo que respecta a Torres, el tribunal decretó para él las medidas cautelares añadidas de prohibición de salir del territorio nacional y de entrega del pasaporte.

Siete condenados

De los 17 acusados en el juicio del caso Nóos, finalmente fueron condenados siete, mientras que los diez restantes fueron absueltos. Las cinco personas que, aparte de Torres y de Urdangarin, también fueron condenadas son los integrantes de la llamada «trama balear». A Matas se le impuso una pena de tres años y ocho meses de cárcel, por un delito de prevaricación —en concurso con falsedad y malversación— y otro de fraude. A los otros cuatro condenados, el tribunal les impuso penas menores de dos años de prisión, que podrán ser sustituidas por una multa.

Por lo que respecta a las diez personas finalmente absueltas, se exculpó a la Infanta del delito de cooperadora necesaria que le atribuía Manos Limpias en relación a los dos delitos fiscales cometidos por su marido a través de Aizoon. La titularidad de dicha mercantil era compartida a medias por el matrimonio. La sentencia señalaba que Doña Cristina debería abonar, sin embargo, una multa de 265.088 euros, al considerarla el tribunal responsable civil a título lucrativo de las irregularidades tributarias cometidas por su esposo. El tribunal absolvió también a la esposa de Torres, Ana María Tejeiro, a quien sólo se impuso una sanción de 344.934 euros.

Asimismo, fueron también absueltos los cinco ex altos cargos de la Comunidad Valenciana imputados en esta causa. En concreto, el exvicealcalde de Valencia, Alfonso Grau; el ex director general de la Ciudad de las Artes y las Ciencias, Jorge Vela; su ex directora de gestión, Elisa Maldonado; el ex secretario autonómico de la Generalitat Valenciana Luis Lobón; y el sucesor de Vela, José Manuel Aguilar. Además, fueron igualmente exculpados el excontable del Instituto Nóos, Marco Antonio Tejeiro, la antigua consejera delegada de la candidatura Madrid 2016, Mercedes Coghen, y el asesor Salvador Trinxet.

Precisamente, en el escrito presentado ahora por la Fiscalía Anticorrupción en el que anuncia que también recurrirá la sentencia ante el Supremo se expresa el desacuerdo con la exculpación de los integrantes de la llamada «trama valenciana». El Ministerio Público ha planteado, en total, seis motivos por los que considera que debe recurrir el fallo de esta causa, entre ellos que existió un delito en la contratación de Urdangarin por parte de la candidatura Madrid 2016 o que la sentencia no valoró algunas de las irregularidades que se imputaban a los creadores de Nóos.