Juan Márquez, durante el juicio que se celebró en la Audiencia
Juan Márquez, durante el juicio que se celebró en la Audiencia - F. J.
TRIBUNALES

El TSJA rebaja diez años la condena al parricida de Ubrique

Le resta de 45 a 35 años de prisión, al estimar que no se ensañó cuando mataba a su hija Laura y que con el menor no lo hizo a traición

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)ha rebajado en diez años la pena que la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz impuso a Juan Márquez, el parricida de Ubrique que mató de más de cuarenta puñaladas a sus dos hijos, Laura, de 19 años, y Juan Pablo, de 16. Ocurrió en octubre de 2014.

El Alto tribunal andaluz reduce de 45 a 35 años la pena que se le impuso en primera instancia al considerar que Márquez no se ensañó con su hija Laura y que a Juan Pablo no lo asesinó, sino que se valió del abuso de superidad sobre él cuando al salir tras escuchar los gritos de su hermana, su padre le atacó con el cuchillo que usaba para las matanzas.

Según el TSJA, el filicida no lo hizo a traición. Además, descarta someterle a destierro una vez que éste cumpla los años de condena, tal y como había solicitado la familia de los dos jóvenes. Sí admite ponerle una orden de alejamiento.

Como se recordará, la Audiencia Provincial de Cádiz había condenado a Juan Márquez a 45 años de prisión, 25 por asesinar con ensañamiento a la niña, y 20 por matar a Juan Pablo.

Pues bien, según el tribunal que ha valorado el recurso impuesto por la defensa de Juan Márquez, en el caso del chico no existió la «indefensión», circunstancia exigida para considerar que se actúa con alevosía. Entiende que aunque el joven «no tuvo oportunidad de reflexionar», acudió a defender a su hermana, por lo que «asumió el riesgo de resultar lesionado». El fallo se apoya en que Juan Pablo descartó la idea de huir o de buscar medios para defenderse él mismo y a su hermana. De esta forma, el tribunal considera que existió lo que se denomina en judicatura «una superioridad medial», una agresión con arma ante alguien que está desarmado.

En cuanto a la actuación del parricida sobre Laura también le resta parte de la pena por entender que no existió el ensañamiento al producirse «en un corto lapso de tiempo». «No hay ningún elemento del que se pueda inferir un incremento del dolor de la víctima, lo que hubo fue una persecución con el objetivo de alcanzar a Laura para matarla», determina.

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