DGT

Así es el nuevo sistema de notificación de multas de la DGT desde noviembre

Dejará de enviar notificaciones en papel a las Personas Jurídicas y lo hará exclusivamente de forma electrónica

Esta es la multa de la DGT si llevas la compra en el asiento trasero del coche

Foto de archivo de una policía local de Jerez poniendo una multa. L.V.

La Voz

La Dirección Electrónica Vial (DEV) es un buzón electrónico en el que los ciudadanos se pueden dar de alta para recibir las comunicaciones y notificaciones que la Dirección General de Tráfico (DGT) tenga que hacerles de manera telemática con los mismos efectos jurídicos que la notificación en papel.

El alta es voluntaria para las Personas Físicas, pero obligatoria para las Personas Jurídicas (es decir, para las empresas). Desde el 1 de noviembre de 2022 , la DGT dejará de enviar notificaciones en papel a las Personas Jurídicas. A partir de ese momento se notificará exclusivamente de forma electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV).

A partir del alta del ciudadano o empresa, cuando la DGT tenga que enviarle alguna notificación de una multa o sanción, lo hará únicamente a través de este canal, no a través de correo ordinario. Para dar de alta en DEV será necesario usar un certificado digital en vigor y facilitar un correo electrónico y un teléfono móvil dónde recibir los avisos de las notificaciones pendientes. La notificación a la DEV se complementa con un aviso al correo electrónico y, si lo desea, con un SMS al teléfono móvil.

Si una empresa tiene la obligación de estar dada de alta en la DEV y no lo cumple, a partir del 1 de noviembre de 2022 se le asignará de oficio una Dirección Electrónica Vial a su empresa y recibirá de forma electrónica las multas de tráfico . Si no ha realizado el proceso de alta, DGT no podrá enviar los avisos de las notificaciones pendientes a su correo electrónico o teléfono móvil por no disponer de esos datos, pero igualmente la notificación quedará disponible en la DEV. Tienen obligación de darse de alta en la DEV todas aquellas personas jurídicas que sean titulares de algún permiso de circulación (titulares de vehículos en el Registro de Vehículos) o bien sean arrendatarias a largo plazo de algún vehículo. Si tu empresa no tiene vehículos a su nombre o arrendados, no existe obligación de darse de alta en DEV. Puedes comprobar si una persona jurídica está suscrita en la DEV introduciendo su CIF en el siguiente buscador.

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