Campo de Gibraltar

La Línea, Ciudad Autónoma: las diez preguntas del peculiar ‘procés’ iniciado en este municipio gaditano

La senda iniciada por el alcalde de La Línea de la Concepción se antoja larga y tortuosa. Repasamos las claves de esta controvertida aspiración

LA VOZ

Soraya Fernández

El proceso iniciado por el alcalde de La Línea de la Concepción (Cádiz), Juan Franco, y su equipo de gobierno, del partido localista 100x100, para convertir al municipio en Ciudad Autónoma ha generado ríos de tinta y sentimientos encontrados en una población hastiada por la falta histórica de ayuda institucional y lo que supone lindar con Gibraltar, la tercera renta per cápita del mundo.

Aunque en algunos sectores políticos, como el PSOE –socio de gobierno de La Línea 100x100 en la Diputación Provincial y en la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar- se asegura que la aspiración del alcalde no es sino una cortina de humo para desviar la atención de otros problemas , Juan Franco asegura que no se trata de ningún movimiento independentista y que la iniciativa surgió porque La Línea tiene una serie de problemas históricos desde hace 150 años por tener la frontera con Gibraltar que nadie ha resuelto.

La Corporación municipal aprobó en el pleno celebrado el 8 de julio por mayoría absoluta, con la abstención del PSOE -el único concejal del PP no acudió a la sesión- el expediente para celebrar una consulta popular, algo que el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó el pasado día 14. Sigue abierto por tanto el plazo de 20 días hábiles de información pública durante el que cualquier persona física o jurídica podrá examinar los documentos del expediente en el tablón electrónico de anuncios y edictos del Ayuntamiento, en el portal de transparencia, o de forma presencial en las oficinas de la Secretaría General, así como efectuar alegaciones.

Aquí algunas cuestiones sobre lo que es una Ciudad Autónoma y el particular ‘procés’ iniciado por el Ayuntamiento de La Línea.

1.- Definición de Ciudad Autónoma

Según la Real Academia Española (RAE) es la condición propia de las ciudades de Ceuta y Melilla, cuyo régimen jurídico se establece en un estatuto que aprobaron las leyes orgánicas 1 y 2 de 1995. Abarca sólo un municipio y es una división administrativa con un estatus especial que no está integrada en ninguna división administrativa intermedia.

2.- ¿Qué diferencia hay entre Ciudad Autónoma y Comunidad Autónoma?

Las Ciudades Autómomas de Ceuta y Melilla cuentan con una organización institucional distinta de las demás ciudades y parecida a las de las comunidades autónomas, si bien tienen competencias únicamente de carácter ejecutivo, no legislativo, y marcadamente más limitadas en cuanto a las materias a las que se refieren.

3.- ¿Cuál es su regulación?

La Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, en el caso del de Estatuto de Autonomía de Ceuta, y por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla.

4.- ¿Cuáles son las motivaciones para iniciar este proceso?

Con 63.630 habitantes según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) relativos a enero de 2020 aunque con una población flotante de en torno a 10.000 personas más, las desigualdades a ambos lados de la Verja son abismales y La Línea, con una tasa de paro que ronda el 40 por ciento, sin industrias ni infraestructuras, y con la pesada losa de las lacras del narcotráfico y el contrabando de tabaco no puede más. El detonante ha sido además la amenaza de un Brexit duro, lo que puede agravar dramáticamente los problemas estructurales del municipio.

«La consulta popular para la conversión en Ciudad Autónoma es la forma que se nos ocurre de solventar la actual situación. Esta ciudad está infrafinanciada y ha sido maltratada históricamente. Alguna solución tenemos que buscar y estamos convencidos de que esta fórmula puede ser la adecuada», aseguró el alcalde en el pleno del pasado mes de julio en el que se inició esta senda.

Juan Franco insiste por activa y por pasiva que no es una cuestión de sentimientos «porque nos sentimos gaditanos, andaluces y españoles», y que lo que se pretende es encontrar una solución jurídico-administrativa a los problemas de una ciudad, «que no tiene parangón con ninguna otra del territorio nacional».

5.- ¿En qué basa el Ayuntamiento esta aspiración?

El Ayuntamiento argumenta su petición en un informe encargado al catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid, Antonio de Cabo. Según este trabajo, titulado «Dictamen legal sobre la viabilidad jurídica de constituir La Línea de la Concepción en Ciudad Autónoma», no existe impedimento o prohibición constitucional, estatutaria, legal o de derecho europeo para la conversión del municipio de La Línea de la Concepción en autonomía, bajo la fórmula de ciudad autónoma, «con independencia de que tal proceso sea más o menos complejo, costoso, conveniente u oportuno».

En este sentido, señala que es viable «jurídico-constitucionalmente» dentro del ordenamiento y que el procedimiento sería «excitar» al Gobierno de la Nación, al Congreso o al Senado para que activen a las Cortes Generales en lo dispuesto por el artículo 144.a de la Constitución española, referido a la constitución de una ciudad autónoma cuando su ámbito territorial «no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143».

El documento añade que la singularidad de La Línea de la Concepción es un fundamento «de interés nacional» que concurre para la activación del artículo 144: «Es el único municipio de España y de la Unión Europea que comparte frontera con un enclave pendiente de descolonización y que, tras el Brexit, quedará fuera del propio proceso de integración comunitaria».

6.- ¿Seguiría perteneciendo La Línea a la provincia de Cádiz?

Ser Ciudad Autónoma supone no depender de ninguna administración intermedia, es decir, ni Mancomunidad de Municipios ni Diputación de Cádiz ni Junta de Andalucía, únicamente del Estado. Aunque el alcalde insiste en que la aspiración es seguir perteneciendo a la provincia de Cádiz, La Línea dejaría de tener representación en dichas administraciones para tener su propia Asamblea, como Ceuta y Melilla. Los servicios mancomunados o gestionados por la Diputación Provincial en la actualidad deberían ser asumidos por La Línea.

7.- ¿Qué competencias asumiría La Línea?

Según recogen los Estatutos de Autonomía de Ceuta y Melilla, ambas Ciudades Autónomas tienen las siguientes competencias: ordenación del territorio, urbanismo y vivienda; obras públicas de interés para la ciudad que no sean de interés general del Estado; carreteras, caminos y transportes terrestres y por cable; puertos y aeropuertos deportivos; agricultura y ganadería; montes y aprovechamientos forestales; proyectos, construcción y explotación de aprovechamientos hidráulicos; caza, acuicultura y marisqueo; ferias interiores; fomento del desarrollo económico de la ciudad dentro de los objetivos, planes y programas aprobados por el Estado; artesanía, museos, archivos, bibliotecas y conservatorios de interés para la ciudad que no sean de titularidad estatal; patrimonio cultural, histórico y arqueológico, monumental, arquitectónico y científico de interés para la ciudad; promoción y fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones; promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial; promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio; asistencia social; sanidad; procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia de la ciudad de Ceuta; casinos, juegos y apuestas, la vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones; y las restantes materias que le sean atribuidas por el Estado. También les competen las facultades de administración, inspección y sanción, y, en los términos que establezca la legislación general del Estado, el ejercicio de la potestad normativa reglamentaria.

8.- ¿Cuál es el régimen fiscal de Ceuta y Melilla?

Según lo previsto en el artículo 144.b) de la Constitución Española, las Ciudades de Ceuta y Melilla, sin dejar de ser Entidades Locales, disponen de sendos Estatutos de Autonomía aprobados, respectivamente, por las Leyes Orgánicas 1/1995 y 2/1995, de 13 de marzo.

Estas ciudades, a su vez, participan de algunos mecanismos de financiación de las Comunidades Autónomas. Así, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del artículo 6 de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, Ceuta y Melilla tienen asignado un Fondo de Suficiencia en el año base 1999, constituido por el valor de los servicios traspasados y las subvenciones de autogobierno en dicho año.

Asimismo, se integran plenamente en el mecanismo de los Fondos de Compensación Interterritorial y participan de los mecanismos de financiación de las Haciendas Locales, según se establece en el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. También participan en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, al igual que el resto de Comunidades Autónomas, en los términos previstos en la Ley 21/2001 (Título IV).

Según el Ministerio de Hacienda, la localización geográfica de Ceuta y Melilla justifica la existencia de un régimen fiscal especial cuyos aspectos más destacables son una bonificación del 50% de la cuota correspondiente a los rendimientos generados en Ceuta y Melilla; no se aplica el IVA y en su lugar es de aplicación el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI).

9.- ¿Cuál será la pregunta de la consulta?

En el caso de que se pueda celebrar, la pregunta que plantea el Ayuntamiento de La Línea para dicha consulta popular es la siguiente: ¿Cree usted conveniente que el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción eleve al Gobierno de la Nación y a las Cortes Generales una petición para instar la conversión del municipio en comunidad autónoma, de acuerdo con el art. 144 a) de la Constitución española?.

10.- ¿Qué recorrido tendrá este proceso?

Tras la publicación en el BOJA, la Junta, previsiblemente, presentará alegaciones a la petición para celebrar una consulta popular. Luego, la intención del equipo de gobierno municipal elevar al Gobierno de la Nación y a las Cortes Generales dicha petición.

La Junta ya ha asegurado que el mismo está fuera del marco estatutario. La secretaria general del Ayuntamiento ha tumbado el informe para la consulta popular. Por su parte, Vox, muy beligerante en este tema, y donde llaman a Juan Franco «El Puigdemont del sur», también advierte que se trata de un referéndum ilegal porque no cabe una consulta popular cuando lo que se plantea es una modificación de la organización territorial del Estado, y que lo tumbará a golpe de recursos.

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