La RAE no define al vasco como natural de una comunidad autónoma española

En el caso de Cataluña, no sucede lo mismo y la Real Academia aún no ha explicado esta razón

Inauguración de un centro de exposición vasco José Luis Ortega

JAVIER LÓPEZ

La RAE define al catalán como natural de Cataluña. Y añade: comunidad autónoma de España. Idéntico añadido rige para el gallego, el andaluz, el castellano, el riojano, el extremeño y el resto de habitantes de las respectivas regiones que forman la nación. Excepto para el vasco. Según la docta casa, vasco es el nativo del País Vasco, territorio sin ubicación territorial específica en la primera acepción del diccionario.

La segunda acepción de esta palabra en el diccionario que la RAE tiene en la red para las consultas de los internautas define este adjetivo como perteneciente o relativo al vasco o a los vascos. Idéntica definición vale para la tercera, que alude en exclusiva al léxico. En la cuarta, define al vasco como a una lengua sin filiación demostrada que se habla en el País Vasco español, en el francés y en parte de Navarra, cuyos habitantes por cierto, son, aclara la Academia, naturales de una comunidad foral española.

La elusión de la RAE es tanto más significativa cuanto que otros diccionarios en línea sí hacen referencia a su pertenencia a España. Así, el Vox-Larousse, define vasco como «persona natural del País Vasco, comunidad situada en el norte de la Península ibérica». Y en el diccionario en línea WordReference, la definición de este adjetivo y sustantivo es «natural del País Vasco, tanto francés como español ».

Consultada por este periódico, la RAE no ha dado aún una explicación sobre la razón por la que no consta en la definición del vasco su relación con España . Sí lo ha hecho, en cambio el filólogo Antonio Garrido Moraga, profesor titular en las universidades de Málaga y Sevilla y ex director del Instituto Cervantes en Nueva York, quien aclara que no existe ninguna connotación política en la omisión territorial. Asegura al respecto que en la acepción prima el carácter histórico de la palabra. Desde el punto de vista académico, precisa, la definición de vasco se mantiene esencialmente inalterable.

El diccionario de la lengua castellana editado en 1837 por la imprenta nacional recoge, en efecto, el término vascongado como «natural de alguna de las provincias de Álava y Guipúzcoa o el señoría de Vizcaya, y lo perteneciente a este país ». La RAE no ha mantenido, sin embargo, de igual manera las referencias a Galicia y Cataluña. En la citada obra, según refleja la biblioteca virtual Miguel de Cervantes, gallego es el «natural de Galicia o lo perteneciente a aquel reino», en tanto que catalán es el «natural de Cataluña o lo que pertenece a esta provincia». En la edición del diccionario de 1852, por su parte, vasco es el natural de la antigua Vasconia, que para el actual diccionario es un región, por fin, de la Hispania Tarraconense.

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