La sentencia del TSJA revoca otra que había otorgado la custodia del niño a la madre
La sentencia del TSJA revoca otra que había otorgado la custodia del niño a la madre - ABC

El TSJ de Aragón retira la custodia a una madre por el catalán

El alto tribunal argumenta que «no es conveniente» para el menor trasladarlo a Barcelona desde Teruel, donde vive con su padre, y escolarizarlo en catalán

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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha retirado la custodia a una madre que reside en Barcelona argumentando varios motivos, entre ellos el hecho de que el menor, que reside en Teruel (Aragón), debía ser escolarizado exclusivamente en catalán, una lengua que le es ajena. El alto tribunal aragonés revoca así una sentencia previa de la Audiencia Provincial de Teruel, con fecha de 5 de noviembre de 2014, que otorgaba la custodia a la madre, que, por motivos laborales se había trasladado a la capital catalana.

El actual sistema lingüístico en la escuela catalana -la inmersión- establece que el catalán es la lengua propia y hegemónica en el ámbito de la enseñanza y la práctica totalidad de las asignaturas se imparten en este idioma.

En su sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, el Tribunal Superior de Justicia aragonés considera que «lo más conveniente» para el menor es que continúe en Teruel donde se ha criado y donde reside el padre y «no que se traslade a Barcelona, a un ambiente que no conoce, con un idioma que no habla». Apunta, asimismo, que «el derecho de la madre de residir en Barcelona no puede anteponerse al del niño».

Sentencia irreprochable

A juicio del TSJ de Aragón, la sentencia es «irreprochable» ya que, según matiza, «siendo probadamente idóneos ambos progenitores, lo más conveniente para el interés del niño es no sacarle de su entorno, máxime cuando con ello no solo se restringe la relación con su padre y familia paterna, sino que se introducen modificaciones en sus hábitos, escolarización, costumbres, incluso con un idioma diferente». El alto tribunal aragonés recuerda que contra este fallo no cabe recurso alguno.

Por su parte, la Plataforma per la Llengua, entidad que defiende el uso del catalán, considera que la sentencia tiene un marcado sesgo ideológico al considerar la lengua autonómica como un estorbo para el desarrollo personal. A juicio de la Plataforma, es «inadmisible esta visión discriminatoria por parte de la justicia española» y recuerda que no es la primera vez que un tribunal se pronuncia en este sentido.

Sentencias anteriores

En el año 2012, una juez de Cantabria retiró la custodia a un padre porque hablaba en catalán a su hija. El año 2014 otro juez de Tenerife se la negó a una madre porque había ido a vivir a Ripollet (Barcelona), donde su hija debía ser escolarizada en catalán.

Por su parte, fuentes de Convivencia Civica Catalana (CCC), entidad que defiende el bilingüismo en Cataluña, indicaron a ABC que en estos casos «lo prioritario debe ser el interés del menor». Añadieron que «es lógico que la Justicia tenga en consideración un aspecto tan esencial para un niño como su escolarización».

En este sentido, la entidad subrayó que «a los niños castellanohablantes, como es el caso, se les niega la enseñanza en su lengua materna en Cataluña, lo que tiene evidentes consecuencias pedagógicas». La entidad alude a los resultados del informe PISA, que revelan que «los niños castellanohablantes fracasan en Cataluña más del doble que los niños catalanohablantes bajo el sistema de enseñanza exclusivamente en catalán». «Situaciones como éstas avalan aún más el cambio de modelo educativo en Cataluña», concluye CCC.

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