Zoilo Ruiz-Mateos (d), su abogado (c), y su hermano Pablo Ruiz-Mateos (i),
Zoilo Ruiz-Mateos (d), su abogado (c), y su hermano Pablo Ruiz-Mateos (i), - EFE

El juez desestima que los seis hijos de Ruiz-Mateos condenados por estafa entren ahora en prisión

La Audiencia Provincial de Palma, que impuso una pena media de seis años de cárcel para cada uno, decide mantener las medidas cautelares para los hermanos

PALMA DE MALLORCA Actualizado: Guardar
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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma ha dictado un auto en el que desestima la petición de prisión provisional incondicional para los seis hijos del empresario José María Ruiz-Mateos recientemente condenados por estafa. El pasado lunes, el fiscal Anticorrupción Juan Carrau había solicitado al juez prisión sin fianza para todos ellos. Carrau había hecho su solicitud en el marco de la vista de medidas cautelares celebrada en la propia Audiencia Provincial.

En el auto hecho público este miércoles, el juez ha decidido mantener para los hermanos Ruiz-Mateos las medidas cautelares de comparecencias, retirada del pasaporte y prohibición de salida del territorio nacional fijadas hace cinco años, durante la fase de instrucción. En su escrito, la Sala argumenta que ponderando el «arraigo» y la «actitud procesal durante varios años» de los acusados, considera «razonable» mantener su situación actual de «libertad provisional».

Contra esta resolución cabe la presentación de un recurso de súplica.

Cabe recordar que la Audiencia Provincial dictó el pasado 4 de julio la sentencia de este caso, en la que condenó a los acusados a una media de seis años de cárcel cada uno, por un delito de estafa agravada y otro de alzamiento de bienes. En cambio, el tribunal absolvió entonces a Álvaro, José María, Zoilo, Francisco Javier, Alfonso y Pablo del delito de falsedad documental atribuido por dos acusaciones particulares.

Los seis hermanos fueron juzgados el pasado mes de mayo por una presunta estafa en la compraventa de dos hoteles, el Beverly Playa en Mallorca y el Beverly Park en Gran Canaria. Dicha operación fue realizada en diciembre de 2008. El precio total acordado con los antiguos accionistas ascendió a 75,8 millones de euros. Durante la fase de instrucción también había sido imputado en este proceso el patriarca de la familia, que falleció en septiembre de 2015.

A lo largo del proceso judicial, el fiscal había atribuido a los Ruiz-Mateos los delitos de estafa agravada e insolvencia punible, en su condición de empleados de Nueva Rumasa. Según el Ministerio Público, los acusados habrían aparentado «una solvencia en realidad inexistente» para que los distintos accionistas del Beverly Playa y del Beverly Park les vendieran sus respectivas participaciones.

Por su parte, el abogado de los Ruiz-Mateos, Juan Manuel García-Gallardo, había atribuido a la crisis económica el hecho de que finalmente no se hubieran podido hacer efectivos los pagos acordados. García-Gallardo negó, además, que hubiera podido haber algún tipo de engaño en la compraventa de los dos hoteles. Asimismo, reiteró que habría sido José María Ruiz-Mateos quien impulsó la citada operación, de la que por tanto no se podría responsabilizar penalmente a sus hijos.

En la sentencia hecha pública el pasado 4 de julio, el tribunal condenó a Álvaro a un total de seis años y cinco meses de prisión, más una multa de 84.000 euros en total. En el caso de José María, la pena fue de seis años y cuatro meses de cárcel, mientras que la sanción económica ascendió a 81.000 euros. Para Zoilo, la condena fue algo menor, de cinco años y once meses de prisión, con una multa de 72.000 euros en total.

La Sala condenó asimismo a Francisco Javier, en su caso a una pena de seis años y seis meses de cárcel, más una sanción de 87.000 euros. Por lo que respecta a Alfonso, la pena fue de seis años y cinco meses de prisión, a la que hubo que añadir una multa de 84.000 euros en total. Finalmente, el tribunal condenó también a Pablo, a seis años y cuatro meses de cárcel, más una sanción de 81.000 euros.

La sentencia también estipuló que en concepto de responsabilidad civil los acusados deberían indemnizar a los perjudicados, conjunta y solidariamente, con una cantidad global que se situaba en torno a los 46 millones de euros. El fallo no era firme, por lo que cabía la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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