ECONOMÍA Y HACIENDA

El TSJA anula los primeros presupuestos de la era Kichi

El PP pide la dimisión inmediata del concejal de Hacienda, David Navarro y disculpas públicas del alcalde

El varapalo judicial a las únicas cuentas elaboradas por Podemos, anuladas «por no ajustarse a derecho», se produce en plena negociación del presupuesto de 2018

Los primeros presupuestos de Kichi han sido anulados por el TSJA. ANTONIO VÁZQUEZ

ALMUDENA DEL CAMPO

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha tumbado los primeros presupuestos del equipo de Gobierno liderado por José María González Santos (Podemos) «por no resultar ajustados a derecho», según se desprende de la sentencia con fecha de 7 de marzo de 2018. Kichi recibe así un gran varapalo judicial sobre unas cuentas que fueron aprobadas en julio de 2016 «por la puerta de atrás» y sin consenso por parte de los grupos representados en el arco plenario.

Recordar que PP, PSOE y Ciudadanos rechazaron en bloque estos presupuestos en un polémico pleno celebrado el 1 de julio de 2016, provocando su aprobación en solitario por parte del equipo de Gobierno -formado por Podemos y Ganar Cádiz- en la Junta de Gobierno Local.

Los principales argumentos esgrimidos por la oposición para no apoyar dichas cuentas fueron la inclusión de una serie de ingresos «ficticios» valorados en cerca de 20 millones de euros y que incluían tanto la venta del módulo hotelero del Estadio como una serie de subvenciones dependientes de la Junta de Andalucía que no estaban sujetas a ningún convenio o acuerdo.

Ni las subvenciones llegaron ni el hotel del Estadio se vendió, hecho que fue advertido por la oposición, provocando un desequilibrio en el presupuesto . Los grupos no cesaron en sus críticas a la gestión económica de Podemos -que calificaron de «nefasta»- y que terminó el pasado verano con la reprobación del concejal de Economía y Hacienda, David Navarro.

Fue el Partido Popular el que puso en manos de la justicia este «desaguisado económico» a través de una denuncia presentada por el concejal José Blas Fernández en la que ponía de manifiesto que la aprobación de las cuentas de 2016 por parte de la Junta de Gobierno Local fue «ilegal» . En dicha demanda se señalaba a su vez una posible vulneración del principio de nivelación presupuestaria.

Primer aviso del Tribunal de Cuentas

El primer zarpazo lo dio el Tribunal de Cuentas el pasado verano de 2017, cuando emitió un informe a raíz de la denuncia de los populares en el que estimaba que no se habían cumplido las condiciones de nivelación presupuestaria efectiva .

Este informe fue elaborado a petición del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ahora ha declarado nulos los presupuestos de 2016 , que fueron prorrogados en el año 2017 y que contaron con varias modificaciones y con dos decretos de ajuste que también fueron muy cuestionados por los partidos de la oposición.

Recordar que la nivelación presupuestaria es una exigencia legal para la realización del presupuesto de un Ayuntamiento. En su informe, el Tribunal de Cuentas aseguraba que «es necesario que las previsiones se realicen con criterios de prudencia, siendo conveniente y recomendable, en consecuencia, que su cuantía esté fundamentada en informes técnicos, especialmente en el caso de enajenación de activos, y que existan ciertas garantías sobre su efectiva realización».

Este informe del Tribunal de Cuentas ha sido clave para esta sentencia, que afirma -con respecto a los supuestos «ingresos ficticios»- que en el caso de que no se haya enajenado el inmueble (hecho que ha ocurrido), « evidencia un desequilibrio del presupuesto que, por su cuantía económica, afecta a la nivelación en su conjunto».

Añade que « no se han cumplido las condiciones de nivelación presupuestaria , como expone el Tribunal de Cuentas al incluir estimaciones de ingresos por enajenación de inversiones poco fundamentadas , sin que se estableciera limitación o imposibilidad de gastar por dicho importe, conclusión que conduce a esta sala a a íntegra estimación del recurso con la consiguiente nulidad del acuerdo aprobatorio de presupuesto».

Ante estos hechos, desde el Partido Popular se ha solicitado la dimisión «inmediata» del concejal de Hacienda, David Navarro , y las disculpas públicas del alcalde. Los populares creen que es el momento de que Navarro de un paso atrás o el alcalde lo cese para que entre otra persona «que sea capaz de resolver esta grave situación que se ha creado en el Ayuntamiento ya que, además del presupuesto general, también se ha anulado el de las empresas públicas, por lo que la situación empeora aún más».

El concejal popular José Blas Fernández ha explicado a su vez que al declararse nulos, todos los gastos (a excepción de nóminas y gastos obligatorios), también son nulos, por lo que es el momento -aseguran- de que el equipo de Gobierno -sin Navarro al frente- se siente con el PP para intentar resolver este problema «con el que se encuentra ahora no solo el Ayuntamiento sino la ciudad de Cádiz».

En plena negociación de los presupuestos

Este varapalo judicial a los únicos presupuestos que se han aprobado por parte del Gobierno de Kichi se produce en plena negociación entre el equipo de Gobierno y el Partido Socialista para aprobar las cuentas de 2018 .

Tan solo se ha producido una reunión de carácter oficial entre el alcalde y su socio de gobierno, Martín Vila (Ganar Cádiz) y el portavoz del Partido Socialista, Fran González, donde se entregó el borrador del documento para su estudio por parte del PSOE. Queda pendiente una segunda cita en la que los socialistas exigirán que se incluyan en las cuentas partidas destinadas a la vivienda, el empleo y las políticas sociales .

El PP ha añadido que sería un «completo desastre» que se negociara unos presupuestos basados en los prorrogados y ahora anulados de 2016 «porque en estos momentos nos teneos que remontar a los de 2014, que también fueron prorrogados en 2015».

El equipo de Gobierno tiene ahora la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en un plazo de treinta días a contar desde la notificación de la sentencia. El Ayuntamiento también ha sido condenado en costas aunque, al ser una administración pública, tendrá un límite de 1.500 euros .

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